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El TSJ de Murcia revoca una sentencia sobre despido del conserje de un campo de fútbol

EFE / IUSPORT Viernes, 15 de Diciembre de 2017

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha revocado la sentencia de un Juzgado de lo Social de esta ciudad que condenó al ayuntamiento por el despido improcedente del conserje del campo de fútbol de una pedanía murciana.

 

La sentencia del Juzgado, que ahora se deja sin efecto, consideró que existía una vinculación laboral, por lo que declaró improcedente el despido y condenó al consistorio a readmitir al demandante o a pagarle una indemnización de 6.700 euros.

 

Igualmente condenó al consistorio a pagarle otros 4.240 euros, más el diez por ciento de interés legal, por mora en el pago.

 

Al mismo tiempo, absolvió al Club Deportivo que utiliza las instalaciones en la que el demandante prestaba sus servicios y a la Junta Vecinal de la pedanía, que también habían sido demandados.

 

La Sala, al estimar el recurso que presentó el ayuntamiento de Murcia, señala que "los servicios que el demandante ha desempeñado desde el año 1999, en relación con la gestión del campo de fútbol, son, ciertamente, singulares y no se corresponden con los que son propios de una relación laboral y, menos aún, con el ayuntamiento, respecto del cual no se puede afirmar la existencia de una relación de dependencia".

 

Y añade que "ello es así porque no consta que en el desempeño de su actividad haya recibido órdenes o instrucciones del mismo, ni siquiera a través del alcalde pedáneo, que, como consecuencia de lo acordado con el club deportivo de la pedanía, se limitó a entregarle las llaves de las instalaciones".

 

La sentencia comenta así mismo "el demandante era el que fijaba su horario, en función de sus otras ocupaciones y necesidades personales, así como el que decidía la actividad a llevar a cabo".

 

Y concluye que ni el ayuntamiento ni la Junta Vecinal eran los que remuneraban sus servicios, ya que los pagos procedían de los ingresos derivados del alquiler de uso de las instalaciones, lo que ocurrió hasta 2011, en que, como consecuencia de la mejora llevada a cabo por la instalación del césped artificial, parte de lo recaudado la entregaba al club deportivo.

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