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La soberanía del deporte sobre las leyes de los estados

José Emilio Jozami Delibacich Miércoles, 08 de Septiembre de 2021

La salud física de los atletas, su cuidado, en la prevención y rehabilitación, su alimentación, tiempo de descanso, y la salud sicológica, ligada a los éxitos y fracasos son ítems que no podemos desconocer para la práctica del alto rendimiento.

Los hechos acaecidos el domingo cinco de setiembre en San Pablo, Brasil cuando los seleccionados de Brasil y Argentina se enfrentaban por una nueva fecha de eliminatorias FIFA camino a QUATAR 2022, deberían despertarnos curiosidad por un debate sobre el valor del Deporte como DDHH, su ordenamiento jurídico y sus órganos de resolución de conflicto.

 

Mucha tinta y muchas horas de micrófonos se han gastado en escribir y hablar de las bondades del deporte.

 

Hemos pensado y debatido sobre su definición, sería interesante que se discuta sobre el peso de su normativa internacional, del reconocimiento y aceptación que tiene cada uno de los países sobre ella.

 

Es nada fácil conocer la legislación de todos los estados, sus diferentes conceptos y apreciaciones y coincidir con todos creo se haría casi imposible. Lo que invita a pensar en unificar criterios para la redacción de un código internacional que reúna los distintos reglamentos y estatutos a los que las federaciones nacionales se sometan y acepten con el condicionamiento de no violar tratados y Convenciones internacionales ratificadas por la mayoría de los países. Reglas que abarquen temas que tengan como fin la búsqueda de objetos sustentables de desarrollo y Paz.

 

Materias como las referidas a niños, niñas y adolescentes como futuro de las sociedades, su protección, educación, formación y diversión no pueden estar ausentes.

 

La salud física de los atletas, su cuidado, en la prevención y rehabilitación, su alimentación, tiempo de descanso, y la salud sicológica, ligada a los éxitos y fracasos son ítems que no podemos desconocer para la práctica del alto rendimiento.

 

Estar atento a lo patrimonial en la construcción de actos jurídicos o negocios que son elementos esenciales para la actividad que constituye una relación laboral existente a través de los contratos entre las partes como verdaderos acuerdos con la debida legitimidad.

 

Estos mismos acuerdos que deberán existir entre las distintas asociaciones con sus clubes y ellos a través de sus representantes nacionales con las Federaciones internacionales.

 

La aceptación de las diferentes formas de constitución de las entidades deportivas es parte de la estructura legal de este digesto reconociendo que las habrá asociaciones civiles o Sociedades Anónimas sin que alguna tuviera privilegios.

 

Concluir acuerdos con las instituciones madres de cada deporte para no discutir en el transcurso de las competencias temas como la cesión de jugadores para cumplir compromisos con sus seleccionados debieran ser cumplidos por las partes con el compromiso a la revisión y el diálogo periódico tal como lo indique el acuerdo sellado o el enunciado de la norma que se votó en una asamblea.

 

Ser responsables y asumir los daños que provocan los incumplimientos a los convenios firmados o a dichos enunciados normativos, hará que el crecimiento de las disciplinas deportivos sea real. Esto traerá el apoyo del sponsor, del público en general de las distintas naciones generando confianza en la dirigencia deportiva y fortaleciendo además el vínculo de éstos últimos con los deportistas.

 

Defender el deporte femenino y el de las personas con discapacidad es una obligación que atañe a todos los estamentos desde la dirigencia hasta el periodismo especializado pasando por los atletas y el ciudadano que debe apoyar la inclusión de todos los seres humanos en el deporte.

 

Los reglamentos deportivos enuncian su prohibición a acceder a los tribunales ordinarios salvo en cuestiones especificas laborales que puedan acudir por cuestiones de orden público o en casos de acciones delictivas cometidas por los protagonistas de los deportes.

 

Entiendo se ha querido ver allí una violación al principio de la Tutela Judicial Efectiva que es el derecho que todas las personas tienen de acceder a la justicia a resolver sus conflictos.

 

Me he manifestado en otras oportunidades que sin caer en un justificativo soslayar los organismos judiciales comunes, pero para ser llevados a un ente de resolución de conflictos especializados en nuestra materia pertinente resolvería el tema de la inmediatez que requiere la materia deportiva.

 

Como ex magistrado soy consciente que los plazos razonables para la extinción de las causas son un sueño dorado de los letrados. Esperar esos tiempos para terminar con una causa disciplinaria o sobre la transferencia de un futbolista verbigracia, sería pensar en perder el jugador involucrado una temporada de su trabajo como mínimo.

 

Creo que es necesario fortalecer los métodos alternativos de resolución de conflicto como ayuda a la justicia deportiva, y generar más ámbitos para solucionar los problemas del entorno creando mas tribunales con profesionales competentes y con vocación de justicia.

 

El presidente de FIFA recientemente hizo declaraciones abrazando la esperanza del diálogo, lo que muestra un notable gesto democrático digno de imitar por sus pares y todos dentro del orden mundial deportivo.

 

Profesar un deporte soberano es sinónimo de unión entre los pueblos, de educación y crecimiento de los menores, de cumplimiento de los pactos y el respeto por sus normas y sus organismos encargados de impartir justicia. Es considerar al del frente un adversario circunstancial y no un enemigo. Entenderlo así sería el anhelo de la humanidad para contar con el deporte como la mejor herramienta para arribar a la Paz del mundo.

 

Y por último interpretar al Derecho desde su naturaleza como el vínculo intersubjetivo entre los seres humanos que en este caso se emocionan con la pasión de un deporte.

 

El autor es Abogado por la Universidad Nacional de Córdoba -Argentina.

 

Mediador por Fundación Retoño Buenos Aires.

 

Diplomado en Derecho Deportivo por la Universidad Austral Buenos Aires. Argentina.

 

Estudio Mediación y Negociación en las Universidades de Harvard y Yale en EEUU.

 

Master en Derecho Deportivo por ISDE Madrid.

 

Mediador Deportivo por IEMEDEP Madrid España.

 

Ex Juez Civil y Mercantil en Argentina.

 

Miembro de la Red Latinoamericana de DDHH y de la AAJC.

 

Integra el Tribunal de Disciplina de AFA (Asoc. Futbol Argentino)

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