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La práctica de surf de Piqué puede considerarse "falta muy grave"

Ramón Fuentes Ramón Fuentes Lunes, 06 de Septiembre de 2021
Fotografia de la portada del Diario MontañésFotografia de la portada del Diario Montañés

Así lo estipula el convenio colectivo vigente entre la Liga y la AFE. Siempre y cuando se considere que la práctica de surf es incompatible con su situación de baja médica por lesión

Gerard Piqué puede verse en un serio problema después de las fotos que le han robado este fin de semana donde se le ve practicando surf en la playa de Oyambre en Cantabria. Hasta ahí todo puede parecer normal, salvo que el central del Fútbol Club Barcelona está actualmente de baja médica como consecuencia de la lesión sufrida en el encuentro ante el Athletic Club de Bilbao y que le obligó a tener que abandonar el partido a la media hora del mismo. Al día siguiente, el equipo azulgrana hacía un comunicado donde confirmaba la lesión en el soleo de la pierna izquierda que ya le impidió jugar ante el Getafe

 

Llegados a este punto el Fútbol Club Barcelona podría sancionar al jugador porque su actuación está tipificada como muy grave por el Convenio Colectivo LaLiga - AFE. Concretamente dentro de las sanciones muy graves habla de "La simulación de enfermedad o accidente, así como la realización por el futbolista de trabajos o actividades que fueran incompatibles con su situación de baja médica". 

 

Así pues, queda en manos del equipo azulgrana la posibilidad de poder sancionar al jugador si entiende que la actividad del surf es una actividad que atenta claramente con una situación de baja médica. En ese caso el jugador del equipo azulgrana se expone a la suspensión de empleo y sueldo de once a treinta días, sanción que deberá graduarse conforme a las circunstancias concurrentes. 

 

Multa de hasta el 25% del salario mensual, según grados: 

 

Salarios inferiores o iguales a 100.000 euros mensuales: 

Mínimo: del 7,01 % hasta el 13 % del salario mensual.

Medio: del 13,01 % al 19 % del salario mensual.

Máximo: del 19,01 % al 25 % del salario mensual.

 

Y para salarios superiores a 100.000 euros mensuales, se aplicará la misma tabla indicada anteriormente en los primeros 100.000 euros, adicionando a estos importes la aplicación de los siguientes grados: 

 

Mínimo: hasta el 3,33% del exceso del salario mensual.

Medio: del 3,34 % hasta el 6,66 % del exceso del salario mensual. 

Máximo: del 6,67 % al 10 % del exceso del salario mensual. 

 

Puede llegar incluso hasta al despido si lo estimara el club azulgrana

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