
Sus manifestaciones al concluir el partido donde se quejó de la actuación de Hernández Hernández. Si finalmente se produce, tendrá que abrirse un expediente
Ayer miércoles era el día señalado para saber si se fornulaba denuncia desde el departamento de integridad de la RFEF al Comité de Competicion por las recientes palabras de Emilio Butragueño respecto al colegiado Hernández Hernández.
Conviene recordar que el director de relaciones institucionales del Real Madrid respondía así el pasado domingo al ser preguntado por la actuación de Hernández Hernández: "Es penalti. Ha sido decisivo. El proceso es correcto, el VAR le pide que vaya a revisarlo y el árbitro decide que no es penalti. Otra vez no hemos vuelto a tener suerte con Hernández Hernández”.
Es norma del departamento de Integridad analizar todas las manifestaciones que estima podrian atentar contra la independencia u honorabilidad de los colegiados. En este casco, ante el silencio, habrá que entender que ha llegado a la conclusión de que no constituyen un ataque a la honorabilidad del árbitro, más tendiendo en cuenta la reciente resolución del TAD sobre Álvaro Cervera.
No obstante, cabría la posibilidad de que hayan aplazado la decisión y finalmente presenten denuncia. En tal caso, se abriría un expediente extraordinario con el nombramiento de un instructor.
En tal supuesto, Emilio Butragueño se expondría lo que establece el artículo 100 bis del Código Disciplinario de la RFEF y que dice lo siguiente: “La realización por parte de cualquier persona sujeta a disciplina deportiva de declaraciones a través de cualquier medio mediante las que se cuestione la honradez e imparcialidad de cualquier miembro del colectivo arbitral o de los órganos de la RFEF; así como las declaraciones que supongan una desaprobación de la actividad de cualquier miembro de los colectivos mencionados cuando se efectúen con menosprecio o cuando se emplee un lenguaje ofensivo, insultante, humillante o malsonante, serán sancionados:
- Tratándose de futbolistas, técnicos, preparadores físicos, delegados, médicos, ATS/FTP, ayudantes sanitarios o encargados de material, de cuatro a doce partidos de suspensión y multa en cuantía de 601 a 3.005,06 euros.
- Tratándose de directivos, clubes o cualquier otra persona o entidad, con multa en cuantía de 601 a 3.005,06 euros”.
Al ser un directivo sería una multa que podría llegar a esos 3.006 euros.



























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