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Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 21:00:11 horas

Los inhabilitados para cargos públicos no podrán presidir las federaciones gallegas

EFE/IUSPORT EFE/IUSPORT Miércoles, 29 de Diciembre de 2021

Hasta ahora, no podían ser elegibles en el caso de estar inhabilitados para ocupar cargos directivos o de representación en el ámbito deportivo por resolución firme dictada por el órgano disciplinario competente, circunstancia que también se mantiene.

El Diario Oficial de Galicia publicó este miércoles el decreto que contiene las bases y los criterios para la elaboración de los reglamentos electorales que deben regir la realización de los procesos electorales en las federaciones deportivas gallegas, que no podrán ser presididas por quienes estén inhabilitados para desempeñar cargos públicos.

Las modificaciones del reglamento electoral de las federaciones fueron aprobadas por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del jueves de la semana pasada.

El Gobierno gallego considera que con estos cambios los "procesos electorales serán más libres y transparentes, con igualdad de condiciones y con la mayor garantía para el ejercicio del derecho de sufragio por los electores".

Ya no se exige haber nacido en Galicia o tener residencia en la comunidad autónoma y, además, los miembros de la asamblea o presidentes no serán elegibles en el caso de estar inhabilitados para el desempeño de un cargo público o de representación por sentencia judicial firme.

Hasta ahora, no podían ser elegibles en el caso de estar inhabilitados para ocupar cargos directivos o de representación en el ámbito deportivo por resolución firme dictada por el órgano disciplinario competente, circunstancia que también se mantiene.

En el caso del voto por correo, podrá tramitarse su solicitud a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia y la nueva regulación reconoce no solo a las personas físicas, sino también las personas jurídicas (clubes).

 

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