F: FC BarcelonaLos Estatutos Sociales de LaLiga no contemplan ningún supuesto que descienda a un club de categoría por no presentar el aval
La permanencia del FC Barcelona en LaLiga Santander no ha peligrado en ningún momento. En primer lugar, porque así lo ha confirmado la patronal este jueves. Y, en segundo lugar, porque en los Estatutos Sociales no se contempla ningún supuesto que permita al Juez de Disciplina Social descender a un club de categoría por esta cuestión.
La incertidumbre ha venido por un comentario en redes sociales de quien fuera candidato a la presidencia en estos últimos comicios, Toni Freixa. El exportavoz del club ha criticado el requisito obligatorio recogido en la Ley del Deporte de tener que presentar un aval del 15% del presupuesto: "Antes de comenzar cada ejercicio, la Junta Directiva deberá depositar, a favor del Club y ante la Liga Profesional, aval bancario que garantice su responsabilidad y que alcance el quince por ciento del presupuesto de gasto", reza la disposición adicional séptima de la Ley.
Freixa ha afirmado que durante la campaña electoral el presidente de LaLiga, Javier Tebas, habló con él y, supuestamente, le advirtió de que "si permitís la toma de posesión del nuevo presidente sin haber depositado el aval, bajaré al Barça a Segunda División". Conversación que, instantes después, ha sido tajantemente desmentida por LaLiga: "El único contacto realizado por parte de LaLiga fue con los servicios jurídicos, quienes solicitaron un informe jurídico que fue remitido a la Junta Electoral del FC Barcelona, en el cual no se mencionaba el descenso de categoría al que Freixa hace alusión".
La obligación del aval
La patronal ha asegurado que en caso de que Joan Laporta no hubiera presentado el correspondiente aval, "legalmente solo cabe la repetición de elecciones y nunca el descenso de categoría". Lo primero se estipula en los Estatutos del FC Barcelona: "Antes de la toma de posesión, la nueva Junta elegida deberá haber formalizado el aval de la manera que exige la normativa vigente. En caso contrario, no se producirá la toma de posesión de la Junta elegida y se considerará vacante este órgano de gobierno, con lo cual se constituirá automáticamente la Comisión Gestora para la convocatoria de un nuevo proceso electoral".
Por su parte, en los Estatutos de LaLiga no se contempla en ningún caso el descenso administrativo por no presentar este aval. Este trámite financiero constituye una obligación recogida en los Estatutos, pero sin tal castigo clasificatorio. La normativa interna de la patronal obliga a los clubes a "presentar los avales o fianzas previstos en la Ley del Deporte, aval por el déficit obtenido en la temporada anterior y demás avales o fianzas que tenga establecidos la Asamblea General con carácter general para sus afiliados".
Infracciones que conllevan el descenso administrativo
Los mismos Estatutos de LaLiga atribuyen al Juez de Disciplina Social el descenso de categoría como una forma de sanción. Pero no para la presentación de avales. Esta forma de sanción tan dura está contemplada por la comisión de infracciones "muy graves" concretas.
En primer lugar, el incumplimiento demorado durante más de tres meses de la presentación para el registro en LaLiga de los contratos que "tengan trascendencia económica-deportiva". También el incumplimiento de laudos arbitrales o la inejecución de las resoluciones del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).
Otras infracciones "muy graves" que pueden conllevar el descenso de categoría son el "incumplimiento de los deberes o compromisos adquiridos con el Estado, así como con los deportistas (motivo por el que se descendió y expulsó al Reus Deportiu en 2019) y con otras Sociedades Anónimas Deportivas o Clubes", la alteración de medios técnicos o informes en materia de control, el incumplimiento de los acuerdos adoptados por la Asamblea de LaLiga o sus órganos dependientes, así como las conductas dirigidas a predeterminar el resultado de un partido o competición.
El tercer grupo de infracciones por el que se puede descender administrativamente a un club es aquella en la que se produzca "incumplimiento de los regímenes de responsabilidad de los miembros de las Juntas Directivas o Administradores", los abusos de autoridad, los quebrantamientos de sanciones impuestas o la no presentación completa de los documentos sobre integridad. Todo ello si concurre la agravante de reincidencia.
Por lo tanto, los Estatutos de LaLiga desmontan la tesis de Toni Freixa y confirman que la presencia del FC Barcelona en LaLiga Santander jamás ha peligrado, a diferencia de lo sostenido por uno de sus candidatos y que ha causado tanto revuelo en el aficionado.


























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