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La Audiencia rechaza otro recurso del Madrid contra el Reglamento de TV de LaLiga

Redacción de IUSPORT Redacción de IUSPORT Miércoles, 15 de Septiembre de 2021

La Sala de lo Contencioso-Administrativo avala el acuerdo de la Comisión Directiva del CSD que dio el visto bueno al Reglamento de Retransmisiones de LaLiga

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en una sentencia del pasado día 6 de septiembre a la que ha tenido acceso IUSPORT, ha rechazado otro recurso del Real Madrid contra el acuerdo de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes (CSD) de fecha 18-7-2016, por la que se aprobó definitivamente el Reglamento de Retransmisiones Televisivas de la Liga Nacional de Fútbol Profesional. 

 

No es el primer revés que recibe el club blanco en sus disputas con LaLiga en materia de derechos audiovisuales. Una de las sentencias más importantes fue la dictada por el Jugado de Primera Instancia nº 67 de Madrid del pasado 30 de abril que también desestima íntegramente la principal demanda formulada por el Real Madrid contra la patronal. Fue un caso especial porque el club blanco no se limitó a una petición, sino que planteó varias, algunas referentes a rendición de cuentas, y todas le fueron desestimadas.

 

Volviendo al caso actual, en su recurso, el club pedía que se declarase la nulidad del Reglamento de Retransmisiones aprobado por el Acuerdo del CSD de 18 de julio de 2016, así como este acuerdo, cuestionando la titularidad de los Clubes/SAD respecto a los derechos de explotación de contenidos audiovisuales y por vulnerar, según el Madrid, el Reglamento de Retransmisiones Televisivas con respecto a la regulación contenida en el Real Decreto-Ley 5/2015, sobre venta centralizada.

 

La sentencia de la Audiencia Nacional razona, en el fundamento jurídico segundo, que "el recurso no puede ser estimado". El principal motivo radica en que "se alega por la entidad recurrente la titularidad de los Clubes/SAD respecto a los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de fútbol, pues de acuerdo con el Real Decreto-Ley 5/2015, la LIGA no es ni siquiera titular del contenido relativo a los partidos de la competición que ella misma organiza, motivo de impugnación que debe de ser rechazado". 

 

La Sala entiende que "las competencias que el Reglamento de Retransmisiones Televisivas asigna a la Liga Nacional de Fútbol Profesional, en relación a las retransmisiones televisivas, se ajustan a dichas disposiciones legales". Además, añade que "tampoco ninguno de los pronunciamientos judiciales sobre medidas cautelares o sobre arbitraje, a los que se hace referencia en el escrito de demanda, tienen virtualidad alguna para poder cuestionar la competencia de la Liga Nacional de Fútbol Profesional en relación a la comercialización de las retransmisiones televisivas".

 

La sentencia deja claro que LaLiga "era competente para regular la comercialización de las retransmisiones televisivas, como así se hizo por el Reglamento que aquí se impugna".

 

No hay indefensión

 

En la sentencia, la Sala concluye que "tampoco puede apreciarse indefensión alguna de la entidad Real Madrid Club de Fútbol en el procedimiento de aprobación del Reglamento de Retransmisiones Televisivas, pues está acreditada su participación en dicho procedimiento tramitado inicialmente por la Liga Nacional de Fútbol Profesional, en el que aquella entidad deportiva realizó las alegaciones que consideró oportunas".

 

Asimismo, el conjunto blanco había alegado en su recurso "vulneración flagrante" de la regulación del Reglamento de Retransmisiones Televisivas con respecto al Real Decreto-Ley 5/2015. Sin embargo, La Audiencia sostiene que "no puede considerarse que ninguna de las anteriores regulaciones sea contraria a lo dispuesto con carácter general en el Real Decreto-Ley 5/2015 ya mencionado, y además hay que entender que resultan justificadas para el ejercicio de las potestades que legalmente tienen atribuidas la Liga Nacional de Fútbol Profesional"

 

El fallo de la sentencia acuerda lo siguiente:

 

"Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad REAL MADRID CLUB DE FÚTBOL, contra el acuerdo de la Comisión Directiva del CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES de fecha 18-7-2016, por la que se aprueba definitivamente el Reglamento de Retransmisiones Televisivas de la Liga Nacional de Fútbol Profesional".

 

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