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Las elecciones de la Catalana de Tenis llegan al 'TAD' regional

REDACCIÓN DE IUSPORT Domingo, 25 de Abril de 2021

El recurso viene motivado al eliminar a la totalidad de la candidatura encabeza por Marquès, por un defecto de forma de uno de los candidatos a directivo, al no poseer la antigüedad requerida por el Reglamento Electoral, por infracción art. 9.3 del Reglamento Electoral por no cumplir los requisitos del art. 7.2.e.

Las elecciones a la presidencia de la Federación Catalana de Tenis están pendientes del recurso presentado por uno de los candidatos Jaume Marquès ante el Tribunal Català de l'Esport. De momento la Junta Electoral federativa ha proclamado presidente al otro candidato Jordi Tamayo, que renovaría mandato.

 

El recurso viene motivado al eliminar a la totalidad de la candidatura encabeza por Marquès, por un defecto de forma de uno de los candidatos a directivo, al no poseer la antigüedad requerida por el Reglamento Electoral, por infracción art. 9.3 del Reglamento Electoral por no cumplir los requisitos del art. 7.2.e.

 

El Reglamento Electoral cifra en 18 el número de miembros de una candidatura a dirigir la Federación, y la candidatura eliminada presentó a un total de 21, por lo que esperan que el Tribunal admita su recurso manteniendo a los otros 20 miembros, y por tanto se celebren las Elecciones realmente en próximas fechas.

 

Amén que podría aplicarse la subsanación de errores de la Ley de Procedimiento Administrativo, los recurrentes esgrimen que los Estatutos no observan ese tipo de limitaciones y que en las Elecciones de 2017 Jordi Tamayo estuvo en una situación similar y pudo acceder a las elecciones (Acta JE 4/2017), retirando la anterior Junta Electoral a un miembro de la candidatura que tenía pendiente una sanción disciplinaria. En este caso, la interpretación hecha es diferente y estricta, siendo el mismo Reglamento Electoral en cuanto al indicado artículo 9.3.

 

El recurso al TCE se presentó el 22 de abril, y es el segundo asunto conflictivo sufrido en este proceso electoral, ya que anteriormente se obligó a ampliar el número de mesas electorales tras la primera intención de establecer una única urna en Barcelona, dadas las condiciones de limitación de movilidad en Cataluña.

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