Vitolo no tendría que pagar IVA si abona la cláusula al Sevilla
Las últimas informaciones de que dispone IUSPORT apuntan a una operación compleja en la que el Atlético prestaría a Vitolo el importe de la cláusula para que la deposite en LaLiga y fiche por la UD Las Palmas hasta enero.
Paralelamente, los dos clubes firmarían un acuerdo secreto en el que dejarían claras las cantidades (el club canario tiene derecho a un 12,5%) finales a liquidar entre ambos, donde se incluirían porcentajes que cada entidad asumen en la ficha del jugador durante los meses en que milite en el equipo canario.
En los últimos tiempos se había abierto un debate jurídico sobre la naturaleza fiscal de esa cantidad, más o menos proporcionada, abonada por el jugador para lograr rescindir su vinculación con el club con el que mantenía una relación laboral o el pago por parte del tercer club que quería hacerse con los servicios de ese jugador y que le hacía entrega de ese dinero que serviría como indemnización para con el club que tenía suscritos los derechos federativos del jugador.
Como recordó en IUSPORT Álvaro Gil Baquero en 2016, esta posible interpretación sobre la naturaleza obligó a que ciertos clubes tuvieran que llegar a acuerdos/transferencias donde se abonaba la integridad de la cláusula de rescisión (traspaso de Sergio Ramos del Sevilla al Real Madrid) o que se abortaran operaciones o posibles traspasos por la incertidumbre del tratamiento fiscal que pudiera darse y que podría incrementar de forma considerable el importe a abonar (hasta el tipo máximo del Impuesto sobre las Personas Físicas fijado en su momento) como pudo ocurrir en el fallido fichaje de Cazorla por parte del Real Madrid cuando este pertenecía a la disciplina del Villarreal.
Para zanjar el asunto, LaLiga realizó en su día una consulta vinculante a la Dirección General de Tributos donde se planteaban las dudas que se podían plantear a la hora de abarcar la figura de la cláusula de rescisión.
En resumen, el informe de Hacienda, de 18 de julio de 2016, vino a decir que el importe de la indemnización no supone la contraprestación de ninguna operación sujeta al IVA que pudiera realizar el jugador a favor del club que asume su desembolso.
Por tanto, en el caso de que Vitolo reciba el dinero de un club para que haga efectiva la cláusula de rescisión, no se deriva operación alguna sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido.

















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