El pasado 03 de febrero del 2017 en Bolivia hemos recibido la noticia de que el Comité de Apelaciones de la FIFA ha rechazado los alegatos presentados por la Federación Boliviana de Futbol (FBF), y que por consiguiente se ha confirmado la decisión del Comité Disciplinario de la FIFA, de sancionar a Bolivia de acuerdo a lo que establece el Código Disciplinario de la FIFA (CDF).
El Art. 55, apartado 1 de dicho cuerpo normativo establece que “En caso de que un jugador participase en un partido oficial para el cual no es elegible, se sancionará a su equipo con derrota por retirada o renuncia (véase art. 31) y una multa de 6,000 CHF como mínimo”, tal como lo es en este aspecto el “Caso Cabrera”.
Además de sancionar al equipo con derrota, señala el CDF en el Art. 31 apartado 1. señala “Cuando un equipo sea sancionado con la derrota por retirada o renuncia, se entenderá que el resultado es de 3-0 a favor del oponente”.
Lo que ha desembocado en el cambio de resultado en los partidos contra Perú y Chile perdiendo así por 3 tantos contra 0, y asimismo se implementa una multa de 6 mil francos suizos por cada partido.
Ahora bien, lo que tenemos que analizar es el procedimiento por el cual decidieron sancionar a Bolivia y,adicionalmente, la intención de esta columna es explicar la posición boliviana.
Si bien Nelson Cabrera no cumplía con los requisitos de elegibilidad que se encuentran plasmados en el Art. 7 del Reglamento a los Estatutos de la FIFA, para toda competencia futbolística existe un reglamento que regula todos los aspectos de esta, y es precisamente el Reglamento de la Copa Mundial de la FIFARusia 2018, el que regula en este caso los partidos de eliminatorias en todas las confederaciones, que señala en el Art.15 apartado 3 que: ”Las protestas que tengan por objeto los criterios de convocatoria de los jugadores seleccionados para disputar las competiciones preliminares se remitirán por escrito al comisario de partido de la FIFA durante la hora posterior a la finalización del partido. Asimismo, se deberán enviar lo antes posible y por fax o correo certificado un informe completo y una copia de la protesta original a la Secretaría General de la FIFA en las 24 horas posteriores a la finalización del partido”…
Por lo que es necesario puntuar que la Federación Chilena de Futbol,a raíz de unas publicaciones en las redes sociales y en prensa, se da cuenta del error cometido por Bolivia yhace llegar una protesta formal a la FIFAmás de un mes después, en la que hacen notar la alineación indebida de Nelson Cabrera y solicitan que se abra un expediente en contra de la FBF, y posteriormente la Federación Peruana de Futbol replica lo mismo.
En ese momento la FIFA reacciona y envía notas a la FBF solicitando que se explique la situación en vista que no hay pruebas de que Nelson Cabrera cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento a los estatutos, y Bolivia simplemente responde diciendo que la queja de Chile y Perú son tardías,lo cual es un hecho que no se encuentra nada fuera de la realidad.
l Código Disciplinario de la FIFA establece tres formas para que se lleve acabo un proceso sancionatorio:1) la primera es que las infracciones disciplinarias sean llevadas de oficio, es decir que la Comisión Disciplinariaabra el proceso sancionatorio por ellos mismos;2) la segunda esque cualquier persona puede enviar una protesta o una queja para hacer notar algún acto sancionable o de indisciplina bajo el CDF y 3) mediante a los oficiales o delegados de partido que tienen la obligación de reportar algún hecho.
En este caso específico, la Comisión recibió dos protestas extemporáneas y aun así decidió abrir el proceso sancionatorio basándose en que la Comisión actuó de oficio, sin tomar en cuenta que el Reglamento de Competencia como norma principal.
Es imposible no reconocerque efectivamente Bolivia cometió una infracción,sin embargo el plazo para hacer notar dicha infracción está establecido en el reglamento de la competencia y dicho plazo tiene una razón de ser, que es precisamente para preservar la integridad del deporte.
Tómese en cuenta que si Perú hubiera presentado esta protesta dentro del plazo establecido, el jugador nunca hubiese jugado contra Chile y Bolivia estaría sancionada únicamente por el partido contra Perú, yla Federación Chilena no estaría tan interesada en este caso.
Mientras este proceso se encuentre abierto pueden jugarse otros partidos y, a la larga,esto puede llegar a influir en una tabla para que pueda beneficiar a algunos y perjudicar a otros, de modo que la esencia del mismo juego se pierde ya que al manipularse los resultados en “mesa” -como acostumbramos a llamar estas cuestiones en Bolivia no se hace nada más que ensuciar el deporte. Incluso podemos llegar a pensar que, si este proceso sigue en pie en el TAShasta que terminen las eliminatorias, estos puntos puedan definir la clasificación o eliminación de algunos equipos al mundial, lo que para mí resulta nefasto.
No obstante,¿qué es lo que se está haciendo? Bolivia ha apelado la Decisión de la comisión de Apelaciones de la FIFA a la última instancia deportiva, que es el TAS[1]. Reforzando todos los argumentos que tiene el país andino, a todo esto añado que recientemente algunas Asociaciones (Argentina, Ecuador, Colombia, Uruguay y Paraguay) se han pronunciado para ser parte del proceso alegando que son partes afectadas directamente en este caso por lo que el TAS ha aceptado dicha situación dándoles a cada uno cierto tiempo para exponer sus alegados en la audiencia programada para el 05 de julio del presente año, por lo que no me extrañaría que las Asociaciones de Perú y chile hagan lo mismo.
En definitiva este caso ya se ha tornado en un problema para las eliminatorias ya que lamentablemente están todos esperando el Laudo del TAS que tendría que salir antes del 31 de agosto, y lo que se quiere evitar es que se entre en el juego de medir los puntos para ver quien resulta afectado y quien beneficiado en este proceso, pasándose por encima lo que es la integridad del juego.
Esperemos que el Laudo del TAS no sea salomónico, es decir que se le quiten los puntos a Bolivia y que estos puntos no beneficien a nadie, ya que la norma FIFA no establece ese tipo de sanción. Y si finalmente en el TASno le dan la razón a la FBF, pues nos quedaremos tranquilos sabiendo que hicimos todo lo que estaba a nuestro alcance para recuperar estos puntos injustamente retirados, puntos que fueron muy bien ganados en la cancha y jugando al futbol.
Rodrigo Quirós es Abogado
[1] El TAS (Tribunal de arbitraje deportivo por sus siglas en francés) es un tribunal de arbitraje totalmente independiente a la FIFA, este tribunal es la última instancia para cualquier deporte afiliado a éste, no solamente el futbol.

















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