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El Barça está actuando legalmente con el canterano Illaix Moriba

Ramón Fuentes Ramón Fuentes Domingo, 25 de Julio de 2021
F. SportF. Sport

El canterano tiene un contrato profesional con el juvenil y que precisamente concluye en junio del 2022. La entidad azulgrana no incumple ninguna normativa laboral en tanto le permite entrenarse con normalidad bajo la disciplina del club.

La situación existente entre el Fútbol Club Barcelona y el canterano Illaix Moriba se tensa cada vez más, como os venimos contando desde hace semanas en IUSPORT.

 

La falta de acuerdo en la renovación de su contrato que finaliza el próximo 30 de junio del 2022 está provocando que hasta ahora no haya sido convocado para disputar ninguno de los encuentros que han jugado ni el primer equipo de Ronald Koeman ante el Girona ni tampoco el choque del Barcelona B de Sergi Barjuan ante el l´Escala. De momento se está entrenando con sus compañeros del filial pero no se descarta incluso que pudiera volver al juvenil si las negociaciones continúan estancadas. 

 

La pregunta que surge es: ¿Está actuando legalmente el Barcelona con este comportamiento con el futbolista?. Y la respuesta ahora es que no está cometiendo ilegalidad alguna en su forma de actuar.

 

Primero porque el Barcelona está cumpliendo con lo que estipula el Real Decreto 1006 de 1985 y que regula las relaciones de los deportistas profesionales.  En el punto cuarto del artículo 7 del mismo relativo a los derechos y obligaciones de las partes expone claramente que "los deportistas profesionales tienen derecho a la ocupación efectiva, no pudiendo, salvo en caso de sanción o lesión, ser excluidos de los entrenamientos y demás actividades instrumentales o preparatorias para el ejercicio de la actividad deportiva". 

 

Algo que se está produciendo en tanto el jugador, con contrato profesional de juvenil, está entrenando con normalidad con el filial azulgrana. Es más, actualmente el club azulgrana cumple con artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores que recoge los derechos laborales de cualquier trabajador.

 

No hay ninguna acción contraria a la ley en el hecho de estar entrenando con el filial como tampoco si finalmente fuera descendido al juvenil porque con la categoría con quien firmó su contrato laboral. El jugador está entrenando y esa es la obligación del club. Sólo en el caso hipotético que el contrato hablase de la obligación de entrenar con el primer equipo, entonces si estaría se estarían modificando las condiciones de forma unilateral. 

 

Podría llegar a ser mobbing si la situación se extiende en el tiempo

 

Otra cosa distinta es si esta situación se extendiera en el tiempo. En concreto durante los próximos seis meses. En ese caso si nos encontramos ante un escenario donde el jugador o su entorno entienda que es objeto de mobbing o acoso laboral.

 

La jurisprudencia española deja claro que cuando una conducta de este estilo "se repite de manera sistemática durante un tiempo prolongado, al menos, de seis meses" puede ser considerado como acoso porque se entiende que puede llegar a afectar a su salud física. 

 

Si conviene saber que la FIFA es totalmente contraria a cualquier conducta que pueda tildarse de abusiva. Así lo recoge el artículo 14 de rescisión de contrato por causa justificada dentro del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores. 

 

Dice textualmente que "cualquier conducta abusiva de una parte que tenga como objetivo forzar a su contraparte a rescindir un contrato o modificar los términos de éste, constituirá una causa justificada de rescisión de la contraparte".

 

Aunque también la FIFA deriva a cada asociación, en este caso la RFEF; para que establezca los medios apropiados para proteger la estabilidad contractual, con el debido respeto a la legislación nacional obligatoria y a los convenios colectivos. Algo que el Barcelona está cumpliendo hasta el momento como ya hemos explicado y nos han confirmado fuentes jurídicas consultadas por IUSPORT. 

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