F: Cádiz CFEsta decisión, que puede ser recurrida, no interferirá en principio en la estructura del consejo de administración, que seguirá presidido por Vizcaíno
El Juez de lo mercantil de Sevilla ha acordado la disolución de 'Locos por el Balón', la sociedad que aglutina las acciones del Cádiz CF, cuyas cabezas visibles son el presidente del club, Manuel Vizcaíno, y el anterior consejero delegado Enrique Pina.
Precisamente, fue Pina quien solicitó en su momento la liquidación de la sociedad del expresidente del Granada y ahora el órgano judicial ha designado a Vizcaíno como su liquidador, estableciendo dos meses de plazo para que la junta de accionistas del Cádiz determine acordar la disolución, informan este miércoles varios medios digitales.
Esta decisión del tribunal, que puede ser recurrida, no interferirá en principio en la estructura del consejo de administración, que seguirá presidido por Vizcaíno.
Sin embargo, se cita en la sentencia a la "hostilidad" que mantienen Pina y Vizcaíno, con procesos abiertos en los juzgados entre ambos, lo que para el Tribunal de Instancia Mercantil interfiere en la sociedad anónima en lo que da en llamar un "conflicto latente" y un "bloqueo social", que ha redundado en una "parálisis permanente" en la junta.
Según Diario de Cádiz, el auto del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla supone un respaldo claro a la gestión de Vizcaíno al frente del Cádiz CF, lo que le mantiene en una situación de mayor fortaleza frente a Pina, quien por vía judicial lleva varios años reclamando su papel inicial en la sociedad y en el club.
La resolución refleja que se estima la solicitud de disolución judicial atendiendo a razones como el reparto de Locos por el Balón entre Calambur Intermediaciones y Manuel Vizcaíno (con un 50% del capital social cada parte), así como la petición de Pina para que la sociedad convocara Junta General para tratar la disolución, sin que su requerimiento fuera atendido.
Para el nombramiento de Vizcaíno, actual administrador de Locos por el Balón, como liquidador de esta sociedad se ha seguido lo dispuesto en el régimen ordinario de nombramiento de liquidadores, sin que ninguna de las razones expuestas por Pina permitan desatender esta disposición legal.






















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