
Los dos jugadores estaban en paro y la normativa federativa permite inscribir a los jugadores aún cuando el mercado acabó el pasado 31 de agosto. Es la única excepción, además de aquellos jugadores que finalizaron su contrato el pasado 30 de junio
Este sábado, el Rayo Vallecano y el Elche daban a conocer dos nuevos fichajes. En el caso del equipo madrileño la incorporación del colombiano Falcao. El argentino Pastore es la gran sorpresa en el Elche.
La pregunta que surge entonces es: ¿cómo es posible que dos equipos puedan inscribir a dos jugadores un 4 de septiembre, cuatro días después del cierre de mercado?
La clave está en la situación en la que estaban ambos jugadores. Resulta que tanto el colombiano como el argentino habían rescindido su contrato con el equipo anterior antes de la finalización del mercado de fichajes.
Todo esto está previsto en la normativa de la Federación Española de Fútbol. Concretamente en el Reglamento General, en su artículo 124, relativo al período de solicitud de licencias.
Dicho artículo reza así:
"Los futbolistas sólo podrán formalizar su inscripción durante los períodos establecidos para tal fin. En aquellas categorías en que hubiera dos períodos de inscripción, el primero de ambos deberá estar comprendido en el espacio temporal que abarca desde el comienzo de la temporada hasta el inicio de los Campeonatos Nacionales de Liga de las respectivas categorías de ámbito estatal, y su duración nunca será superior a doce semanas. El segundo período de inscripción se establecerá a mediados de temporada y su duración no será superior a cuatro semanas".
"Fuera de los periodos habilitados no podrá autorizarse la inscripción de ningún jugador, salvo en las excepcionalidades de los apartados 2 y 3 del presente artículo".
Es precisamente en el apartado dos donde se recoge la excepción que ampara a ambos jugadores: estar en paro una vez concluida la ventana de fichajes. Dice así:
"Como excepción a la disposición general contenida en el apartado anterior, podrán inscribirse fuera de los dos períodos de solicitud de licencias aquellos futbolistas con licencia “P” o “PRF” cuyos contratos hubieran vencido antes de que los referidos períodos concluyan…acrediten encontrarse en situación legal de desempleo como consecuencia de la finalización de contrato laboral con entidad deportiva antes de que los periodos referidos concluyan”.
























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