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Ya no hay excusas: Equal Pay en las selecciones nacionales españolas

Manel Atserias Manel Atserias Viernes, 20 de Mayo de 2022

El proyecto de Ley del Deporte no garantiza el Equal Pay entre las selecciones masculina y femenina.

Ayer fue un gran día para el fútbol femenino en Estados Unidos (y, también, en todo el mundo). La Federación norteamericana de fútbol (U.S. Soccer Federation) comunicó que había llegado a un acuerdo con los/as representantes de las selecciones femenina y masculina (United States Women’s National Team Players Association y United States National Soccer Team Players Association), para garantizar el Equal Pay en su totalidad.

 

Cuestión previa: el significado de Equal Pay

 

La traducción habitual que se hace del concepto “Equal Pay” al español (“Igualdad Salarial”) puede inducir a error. Al menos, en España. El motivo es sencillo: los/as deportistas españoles/as no perciben stricto sensu un “salario” por su participación en las selecciones nacionales.

 

Esto último se debe, fundamentalmente, a que el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que segula la relación laboral especial de los deportistas profesionales excluye de su ámbito de aplicación precisamente las relaciones entre los/as deportistas profesionales que integran las selecciones nacionales y las federaciones deportivas (art. 1.6 RD 1006/1985).

 

Cuestión distinta es que, a efectos fiscales, las rentas que los deportistas perciben de las federaciones deportivas (por ejemplo, dietas, primas, bonus o premios), cuando participen con sus selecciones, se califiquen como rendimientos del trabajo en el IRPF (Consultas tributarias nº 1916-01, de 25 de octubre de 2001 y nº 0064-02, de 21 de enero de 2002  de la Dirección General de Tributos).

 

Aunque las versiones españolas de las resoluciones e informes de las instituciones europeas utilicen el concepto “igualdad salarial”, en aras de disipar cualquier confusión, me referiré al mismo como “igualdad de rendimientos”. 

 

Durante estos últimos cinco años, países como Noruega, Inglaterra, Brasil, Australia, Nueva Zelanda, Sierra Leona, Holanda, Irlanda, Suecia han dado pasos sustanciales para conseguir la “igualdad salarial” entre sus selecciones masculina y femenina de fútbol. Sin embargo, a diferencia del caso estadounidense, cabe destacar que los acuerdos alcanzados por las federaciones de fútbol y los/as representantes de las selecciones masculina y femenina de los citados países son, en mayor o menor medida, limitados.

 

El alcance limitado de dichos acuerdos se debe a que hay determinados conceptos, como pueden ser los premios derivados de la participación en competiciones deportivas internacionales (Copa Mundial de la FIFA) o los ingresos comerciales, que siguen quedando al margen de estos compromisos.

 

La Unión Europea y el Consejo de Europa lo tienen claro

 

A propósito de una pregunta que formuló el eurodiputado Antonius Manders sobre la brecha salarial de género existente en el caso de las selecciones nacionales de fútbol, el 11 de diciembre de 2020 la Comisión Europea respondió así:

 

“[P]agar de forma diferente a los futbolistas masculinos y femeninos que juegan en las selecciones nacionales sin una razón proporcionada y justificada va en contra del principio de igualdad salarial consagrado en el artículo 157 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y de la Directiva refundida 2006/54/CE. La Directiva refundida prohíbe la discriminación directa e indirecta por razón de sexo, incluida la discriminación salarial por razón de género”

 

El 23 de noviembre de 2021 el Parlamento Europeo aprobó la Resolución sobre la política de deportes de la UE: evaluación y posibles vías de actuación. En dicho documento, se pide a las federaciones deportivas nacionales que avancen hacia la igualdad de las primas pagadas a las mujeres y los hombres deportistas, siguiendo el ejemplo de la Asociación de Fútbol de Irlanda (FAI) (pár. 40 Resolución)

 

A nivel de Consejo de Europa, el 2 de diciembre de 2021 el Comité de Cultura, Ciencia, Educación y Medios de Comunicación de la Asamblea Parlamentaria publicó el informe “Football governance: business and values”, en el que pide a la FIFA y a la UEFA, entre otras cosas, que promuevan la igualdad de salarios y recompensas para los jugadores de las selecciones nacionales de cualquier género por parte de las respectivas federaciones nacionales.

 

El proyecto de Ley del Deporte no garantiza el Equal Pay en su totalidad

 

Aunque la Exposición de Motivos del proyecto de Ley del Deporte, actualmente en trámite en las Cortes Generales, afirme que “la norma se inspira en el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombre”, podemos constatar que no es así. Al menos, no del todo.

 

Analicemos el artículo 4.8 del Proyecto de Ley: 

 

“En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, se garantizará la igualdad de premios entre ambos sexos siempre que los eventos deportivos se organicen o se encomienden a un tercero por una Administración Pública, o se financien total o parcialmente a través de fondos públicos.

 

De la misma forma, se garantizará que el sistema de dietas otorgadas, cuando las personas deportistas compitan con las selecciones nacionales correspondientes, sea igualitario para hombres y mujeres”.

 

Nótese que el legislador garantiza el “sistema igualitario de dietas”, pero no la “igualdad de premios” en su totalidad.

 

En efecto, la “igualdad de premios” solo se garantizaría cuando los eventos deportivos (i) sean organizados o encomendados por una Administración Pública, o (ii) se financien total o parcialmente a través de fondos públicos.

 

De este modo, esta igualdad de premios entre ambos sexos no operaría en aquellos eventos deportivos que son organizados y financiados por entidades privadas, como pueden ser la UEFA y la FIFA en el mundo del fútbol. Es decir, y siguiendo el ejemplo de esta modalidad deportiva, las futbolistas que representan a la selección española no percibirían los mismos premios que sus homólogos masculinos en el caso de que ganaran la Eurocopa y/o el Mundial, respectivamente, porque dichas competiciones no son organizadas ni financiadas por el Estado español.

 

Peticiones

Por este motivo, en base a la petición que he lanzado en Change.org, hago dos peticiones:

 

  1. Solicitar al legislador español que garantice el EQUAL PAY EN SU TOTALIDAD en la futura Ley del Deporte.
  2. Solicitar a las federaciones deportivas españolas a que MODIFIQUEN SUS ESTATUTOS Y DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS con el fin de que se reconozca expresamente que los/as deportistas que participen en sus respectivas selecciones nacionales percibirán los mismos rendimientos (dietas y bonus por objetivos), con independencia de cuáles sean las dotaciones económicas (premios) fijadas por las federaciones deportivas internacionales.  

 

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