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Ramón Fuentes
Ramón Fuentes Jueves, 13 de Abril de 2017

El Barça podría complicarse con los plazos al posponer una semana el recurso del caso Neymar

[Img #40711]El FC Barcelona había anunciado, nada más conocer la sanción de tres partidos que impuso el Comité de Competición a Neymar, que la recurriría.

 

Lo cierto es que tal recurso no se formalizó de forma que el Comité de Apelación pudiera fallar sobre el mismo, o al menos sobre una cautelar, este miércoles.

 

Como ya informamos en IUSPORT, en esta Semana Santa los dos comités adelantaron un día sus reuniones, por razones obvias. Competición se reunió el martes por la tarde, mientras que Apelación hizo lo propio ayer miércoles.

 

Bien es verdad que el club catalán dispone de diez días para presenar el recurso, pero también es verdad que faltan exactamente otros tantos diez días para que se dispute "el clásico". Y son dos instancias las que aún tendrían que pronunciarse: Apelación y el TAD.

 

Lógicamente, se supone que el club catalán presentará el recurso el lunes, o como muy tarde el miércoles, con vistas a que Apelación pueda resolver el jueves, bien sobre el fondo, o bien sobre una eventual medida cautelar que permitiera al crack brasileño jugar tan importante partido.

 

Pero claro, y aquí vendría la complicación, en este escenario hipotético, si Apelación rechazara el recurso o denegara la cautelar, al Barça solo le quedarían "horas", ni siquiera un día, para acudir al TAD, que previsiblemente se reunirá el próximo viernes después de Semana Santa.

 

No es que sea imposible que el TAD se pronuncie en 24 horas al menos sobre si concede o no la cautelar, pero convendrán conmigo en que estamos ante un calendario muy apretado que en nada beneficia al club catalán.

 

Los detalles del recurso


A pesar de que aún no ha concretado los aspectos del recurso, estos podrían estar relacionados con alguna de las tarjetas amarillas recibidas en el partido de Málaga, que le ocasionaron la expulsión, pero sobre todo la sanción de dos partidos que le ha caído por aplaudir cuando entraba en el túnel de vestuarios, como así relató el árbitro en el acta.

Si el Barcelona no consigue que le levanten estos dos partidos, al menos en sede de medidas cautelares, el jugador se perderá el clásico del día 23 de abril en el campo del Real Madrid.

 

Las alegaciones del Barcelona

 

En todo caso, estas son las alegaciones presentadas por el Barcelona antes de que Competición resolviera en primera instancia, y que pueden dar idea de los argumentos que empleará en el recurso de apelación:


"I) Que tras la expulsión del jugador en el minuto 65 del encuentro, como consecuencia de una doble amonestación, el jugador efectivamente realizó el gesto de aplaudir en el momento en el que se retiraba del campo, no siendo sin embargo exacta la literalidad del acta, al señalar que “se dirigió”, pues el jugador no pronunció palabra alguna, ni advirtió, ni gritó, ni tocó, ni de ninguna otra manera aludió con palabras o gestos al estamento arbitral, limitándose su acción a aplaudir";


"II) En extensión del punto anterior, se destaca que el jugador no protesta decisión alguna, se retira al vestuario y el aplauso que realiza, es interpretado por el cuarto árbitro que se dirige hacia su persona, no teniendo sin embargo mucho sentido tal acción, puesto que en aquel momento el cuarto árbitro no había adoptado decisión alguna ni cabía entenderlo como una reacción personal hacia el mismo. Por ello el aplauso podría interpretarse como una reacción desesperada del jugador como consecuencia de su expulsión, incluso como una velada disconformidad con el criterio de decisiones arbitrales adoptadas durante el partido, pero no como un gesto personalizado hacia el cuarto árbitro";


"III) Por todo ello, señala que es necesario que por parte del Comité se realice una ponderación de todas las circunstancias concurrentes, debiendo valorar el Comité las mismas para concluir que no existe en todo caso una conducta subsumible en el tipo infractor del artículo 117 del Código Disciplinario de la RFEF, pues no existe por parte del jugador ninguna intención o ánimo de injuriar, ofender, desacreditar o desconsiderar al árbitro";

 

"y IV) Adicionalmente, afirma su preocupación por la clara e inaceptable presión por parte de algunos medios de comunicación, a efectos de impedir que este Comité pueda resolver con razonabilidad la cuestión planteada, al existir un inequívoco interés en la opinión pública al efecto de que el jugador no pudiera disputar “el encuentro correspondiente al clásico”. Por todo ello, solicita que se dicte resolución acordando la inexistencia de conducta susceptible de motivar un expediente sancionador".

 

La sanción

 

Como informamos en IUSPORT, el Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF) decidió sancionar con tres partidos (1 + 2) al delantero brasileño del Barcelona Neymar Da Silva, por su expulsión y gestos porteriores, en el partido de la pasada jornada de Liga frente al Málaga en La Rosaleda (2-0).

 

Se trata de dos sanciones en acuerdos distintos: una primera de un partido por la expulsión, y otra de dos partidos por los gestos (aplausos) posteriores. Esta última la pueden ver a texto completo al final de esta noticia.

 

La primera sanción figura entre los acuerdos de cada semana relativos a expulsiones:

 

"3.- UN PARTIDO DE SUSPENSION, POR DOBLE AMONESTACION Y CONSIGUIENTE EXPULSION
Santos Jr “NEYMAR JR” (Barcelona)"

 

Recuérdese que Neymar fue expulsado después de ver dos tarjetas amarillas, la primera en el minuto 27, por "no respetar la distancia reglamentaria en la ejecución de un tiro libre, tras haber sido advertido previamente", y la segunda en el minuto 65, "por derribar a un contrario en la disputa del balón", según el acta arbitral.

 

Los gestos post expulsión

 

Pero, como saben, Jesús Gil Manzano, colegiado del encuentro Málaga-Barcelona, reflejó en el acta del choque que el brasileño Neymar tras ser expulsado, cuando iba a entrar al túnel de vestuarios, aplaudió al cuarto árbitro.

 
Gil Manzano precisó que Neymar fue expulsado a los 65 minutos del encuentro por doble amonestación y en otras incidencias señala que el brasileño "Tras ser expulsado y cuando iba a entrar en el túnel de vestuarios, se dirigió al cuarto árbitro aplaudiéndole".


Decía así el acta:
 
C.- OTRAS INCIDENCIAS
Otras incidencias: (Jugador: Neymar Da Silva Santos J) Tras ser expulsado y cuando iba a entrar en el túnel de vestuarios, se dirigió al cuarto árbitro aplaudiéndole.

 

El Barcelona visitará al Real Madrid dentro de dos jornadas, por lo que, salvo revocación por parte de Apelación o el TAD,  se perderá el clásico.
 

Competición, en el segundo expediente por los "aplausos", ha aplicado el artículo 117 del Código Disciplinario de la RFEF, que contempla una sanción mínima de dos partidos.


Dice el artículo 117:

 

"Actitudes de menosprecio o desconsideración hacia los árbitros, directivos o autoridades deportivas Dirigirse a los árbitros, directivos o autoridades deportivas en términos o con actitudes de menosprecio o de desconsideración siempre que la acción no constituya falta más grave, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos o por tiempo de hasta un mes".

 

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA RESOLUCIÓN DE DOS PARTIDOS POR LOS APLAUSOS A LOS COLEGIADOS

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