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Competición sanciona a Griezmann por el mensaje "Feliz cumple gordita" en la camiseta

EFE//Iusport EFE//Iusport Miércoles, 08 de Marzo de 2017

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El Comité de Competición ha decidido imponer una multa y amonestación al jugador francés Antoine Griezmann (Atlético de Madrid), que en el partido jugado por su equipo ante el Valencia (3-0) celebró el primer gol mostrando "una camiseta interior con el siguiente texto: 'feliz cumple gordita'".

Dicha acción fue reflejada en el acta arbitral en el capítulo de incidencias, si bien el colegiado no mostró cartulina alguna a Griezmann.

 


Literalmente, el acuerdo de Competición reza como sigue:

 

"3.- OTROS ACUERDOS

 

Imponer a “GRIEZMANN” (Atlético de Madrid) MULTA y AMONESTACIÓN, por
infracción del artículo 91.1 del Código Disciplinario de la RFEF"

 

El artículo 91 del Código Disciplinario establece:

 

“1. El futbolista que, con ocasión de haber conseguido un gol o por alguna otra causa derivada de las vicisitudes del juego, alce su camiseta y exhiba cualquiera clase de publicidad, lema, leyenda, siglas, anagramas o dibujos, sean los que fueren sus contenidos o la finalidad de la acción, será sancionado, como autor de una falta grave, con multa en cuantía de hasta 3.000 euros y amonestación”.

 

Sin embargo, el criterio que ha defendido Apelación en varios casos similares ha sido el de no sancionar cuando no hay intención política, religiosa o comercial. 

 

Este es el criterio defendido por el Comité de Apelación hasta ahora: "estamos ante situaciones puntuales que habrán de ser valoradas caso por caso, procurando mantener la pureza del precepto y su aplicabilidad, salvo situaciones verdaderamente extremas, como la que motivó el hecho sancionado. Lo anterior cobra énfasis ante el hecho cierto de que lo que se pretende con esta norma es aislar el fútbol de cualquier publicidad o propaganda interesada que intente aprovechar esos momentos espectaculares en que se está celebrando un gol", y concluye que "desde esta perspectiva, la acción del jugador Sr. Callejón no es típica, por los motivos a que respondió, por lo que, en definitiva, procede estimar el recurso, revocando la sanción. Como es sabido, además, en el contexto de la versión anterior del Código Disciplinario de la RFEF se había llegado a la misma solución por los Comités disciplinarios en varios casos similares".

 

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