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Ramón Fuentes
Ramón Fuentes Viernes, 14 de Octubre de 2016

Solo una medida cautelar suspendería la obligación de convocar elecciones en la RFEF

El recurso ante el contencioso administrativo no paraliza la ejecución de la orden ministerial. Solo la medida cautelar podría paralizar el procedimiento electoral en la RFEF. El CSD decidirá la próxima semana medidas a adoptar contra el estamento federativo por un incumplimiento grave

Después de lo sucedido el pasado martes día 11 en la Asamblea de la Federación Española de fútbol, asistimos antes unas semana que pueden ser claves para saber el más inminente futuro, no sólo del proceso electoral, sino también de la posible repercusión en la propia Federación Española de Fútbol.
Y, a día de hoy, la clave está en la decisión del contencioso administrativo.

 

Especialmente de si asistiría o respondería a las medidas cautelares que pudiera solicitar la RFEF respecto a su desacuerdo con el reparto territorial tanto en cuanto a jugadores como Comunidades Autónomas.

 

En definitiva a la impugnacion de la RFEF contra la resolución adoptada por la Comisión Directiva del CSD del pasado 26 de septiembre respecto al reglamento electoral.


Porque solo esta medida cautelar adoptada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo paralizaría el procedimiento electoral. Es decir obligaría a tener que esperar a su estudio para saber si es el CSD o,por el contrario la RFEF, quien tiene la razón.


Porque en caso contrario, desde el CSD tienen claro que un recurso ante los Tribunales ordinarios no paraliza el procedimiento ejecutivo de la orden ministerial que establece que el proceso electoral de la RFEF debería celebrarse o convocarse en año Olimpico.


Paralelamente desde el gobierno tienen claro que será la próxima semana, sino tuvieran notificación alguna de la RFEF o presentación de un reglamento acorde con la orden ministerial, cuando analicen las resoluciones adoptadas por la Asamblea del fútbol días atrás acerca de este incumplimiento y la impugnación presentada contra el CSD.

 

Será entonces si el CSD se lo remitiría al TAD o adopta otras medidas donde se acogerían al artículo 76 de la Ley del Deporte donde se recoge que "se considerarán específicamente infracciones muy graves de los presidentes y demás miembros directivos de los órganos de las Federaciones deportivas españolas y Ligas Profesionales, las siguientes: a) El incumplimiento de los acuerdos de la Asamblea general, así como de los reglamentos electorales y demás disposiciones estatutarias o reglamentarias".   

 

Medidas que, llegado el caso, podía suponer medidas contra el presidente de la RFEF, Ángel María Villar, y los distintos órganos que adoptaran estas decisiones, como la Asamblea General y Comision Delegada.
Desde el propio gobierno también tienen claro que e caso de que la RFEF presentará un nuevo reglamento con las modificaciones solicitadas en la reunión del pasado 26 de septiembre, el CSD convocaría a su Comisión Directiva con carácter de urgencia en 48 para examinar la nueva propuesta y, en mejor de los casos, su aprobación. Solo en ese caso se desatasca

 

ría esta situación permitiendo el arranque del proceso electoral de la RFEF dentro del año 2016.
Pero, considerando lo sucedido estas últimas semanas, esta última opción parece poco probable. Luego habrá que esperar a la  decisión del Contencioso Administrativo sobre la cautelar o las medidas que decida adoptar la próxima semana el propio CSD

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