
El caso nos remonta a lo que sucediera en el 2016, durante las eliminatorias del mundial de Moscu 2018, frente al reclamo conjunto presentado por las Federaciones de Chile y Perú, ante la comisión disciplinaria de FIFA, contra su par Boliviana
El reclamo presentado por la Federación Chilena de Futbol ante su par Ecuatoriana por la presunta inclusión indebida en ocho cotejos del jugador Byron Castillo (de los cuales dos fueron frente al seleccionado trasandino), en las recientes eliminatorias Sudamericanas Qatar 2022, nos remonta a lo que sucediera en el 2016, durante las eliminatorias del mundial de Moscu 2018, frente al reclamo conjunto presentado por las Federaciones de Chile y Perú, ante la comisión disciplinaria de FIFA, contra su par Boliviana, con motivo la inclusión indebida del jugador Paraguayo Nelson Cabrera, que desembocara por apelación de la Federación Boliviana en el laudo del TAS 2017/A/5001; 2017/A/5002 “Federación Boliviana de Futbol vs FIFA” el cual, ratificó las resoluciones de la Comisión de Disciplina y Apelación de FIFA en favor de las Federaciones Chilena y Peruana.
De ese precedente, podemos inferir algunas consideraciones y razonamientos que nos permitan arribar a ciertos principios lógicos, sobre el caso cuestión que se plantea, atendiendo lineamientos consagrados por el máximo organismo del futbol mundial en lo que hace a la integridad de las competiciones, a la sanción por inclusión indebida y al principio a favor de la competencia.
Marcelo Bee Sellarès
Abogado-Especialista en Derecho Deportivo
Argentina – Córdoba – UNC










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