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Ramón Fuentes
Ramón Fuentes Sábado, 24 de Septiembre de 2016

La RFEF se mantiene firme en su negativa a Marcelino

Consideran que la normativa y el artículo 162 del reglamento es claro y no admite excepciones. El lunes mismo podría notificárselo el juez único de competición al Valencia

Según ha podido saber IUSPORT, el Valencia va a tener que manejar otras alternativas al banquillo distintas a la de Marcelino García Toral porque la RFEF no acepta las reclamaciones solicitadas por el club valencianista acerca de poder fichar al entrenador ex del Villarreal.


El informe en el que trabaja la asesoría jurídica en respuesta a la solicitud del Valencia es clara: la norma es clara y no admite excepciones al respecto. El artículo 162 es claro y contundente. Y esta es la argumentación que se defiende desde todas las estructuras del estamento federativo incluido el juez único de competición que es a quien le compete hacer oficial esta decisión tras la reclamación del equipo de la Comunidad Valenciana.

 

El artículo 162 del Reglamento General de la RFEF, que dice lo siguiente:


 
"1. Si se resolviese el vínculo contractual entre un club y un entrenador, segundo entrenador, entrenador de porteros o preparador físico sea cual fuere la causa, estos últimos no podrán actuar en otro en el transcurso de la misma temporada, con ninguna otra clase de licencia, ya sea en calidad de profesional, como en la de no profesional".


2. No obstante la regla general que antecede, si en el transcurso de la temporada de que se trate un club se retirase por decisión propia o fuera retirado por resolución del órgano competente, implicando, en uno u otro caso, su desaparición, el entrenador que en el mismo ejerciera su función como tal podrá contratar sus servicios por otro, siempre y cuando no hubiera percibido íntegramente, o no le hubiesen sido garantizados, los emolumentos pactados en el correspondiente contrato".

 


DE MOMENTO NO ESTÁ PREVISTO REVISAR LA NORMA


En caso de que algunos de los distintos colectivos, ya sea entrenadores que son los afectados o incluso jugadores etc., solicitarán alguna modificación entonces la RFEF podría plantearse estudiar una modificación.


Algo que ya este viernes dejábamos caer desde IUSPORT. Esta primero debería pasar por el Comité Legal de la RFEF quien posteriormente lo elevaría a Comisión Delegada que en caso de ser aprobado se trasladaría a la Comisión Directiva del CSD que es quien tiene la decisión final en cualquier modificación reglamentaria o estatutaria de todas y cada una de las federaciones deportivas españolas.


Pero de momento dicha reclamación no se ha producido; luego el artículo 162 es claro no admite excepciones e impide a Marcelino poder tener licencia con un segundo equipo en la misma temporada. Y de momento, a día de hoy, no está previsto modificación alguna de la normativa.

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