La decisión de Pep Guardiola sobre Yaya Touré puede derivar en una rescisión contractual justificada
Los medios de comunicación han publicado recientes declaraciones de Pep Guardiola donde manifiesta que Yaya Touré no jugará más en el Manchester City mientras su agente Dimitri Seluk no pida disculpas por haber dicho que el entrenador humilló al futbolista al no haberlo incluido en la lista para competir en la Liga de Campeones.
Más allá del exabrupto del entrenador, que ha generado un conflicto dialéctico, su decisión puede tener consecuencias indeseadas para el club, ya que habilitaría al jugador a rescindir su vínculo contractual por justa causa.
Es importante destacar que la causa justificada se debe establecer individualmente en cada caso concreto, ya que existen conductas que carecen de la magnitud necesaria para justificar una resolución contractual.
A priori este último parecería ser el destino de la actitud de Guardiola, empero, hay que distinguir las causas que emanan del incumplimiento de las obligaciones contractuales y aquellas que surgen de circunstancias meramente deportivas.
Si bien la expresión del entrenador no tendría entidad suficiente como causal justificada para la rescisión contractual, distinto sería el caso si, además, no se autorizara al jugador a entrenar con el equipo o si se lo apartara del mismo, ya que se debe aceptar que el entrenador decida no alinearlo en los respectivos partidos, pero es intolerable entorpecer el normal entrenamiento del futbolista con sus compañeros, que redundaría en un menoscabo de su condición física y podría resolver el contrato por causa justificada imputable al club.
Igualmente, si Guardiola cumple su promesa Yaya Touré estaría facultado a rescindir unilateral y anticipadamente el contrato, perdiendo el club su derecho a indemnización al probar el jugador que ha sido desatendido desde el punto de vista deportivo.
Esta situación no se encuadra en los incumplimientos contractuales sino que se trata de una causa deportiva justificada, que solamente podrá invocar el futbolista cuando no haya jugado como mínimo el 10 % de los partidos oficiales durante la temporada en la que intervino su club.
Para que sea factible la resolución contractual, el jugador tiene que haber finalizado su período de formación y poseer un nivel futbolístico similar o superior al de sus compañeros de equipo que son regularmente alineados, requisito que Yaya Touré cumple con creces.
También hay que tener en cuenta que para la consideración de la participación del futbolista en el juego, no es relevante el número de apariciones en los partidos, sino la cantidad de minutos efectivamente jugados en ellos.
El futbolista deberá resolver su contrato por causa deportiva justificada dentro de los 15 días siguientes al último partido oficial de la temporada correspondiente al club en el que está registrado y cuando el órgano jurisdiccional competente establezca su procedencia, el jugador quedará en libertad de acción y no se impondrán sanciones deportivas.
Iván Palazzo, abogado especializado en Derecho del Fútbol
palazzoyasociados@hotmail.com

















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