El Inter de Milán se ha hecho con los servicios de la joven promesa brasileña, Gabriel Barbosa Almeida, más conocido como ‘’Gabigol’’, procedente del Santos. Recientemente hemos sabido que el FC Barcelona denunciará al club brasileño en relación a dicho fichaje, alegando que poseía un derecho de tanteo sobre el futbolista, adquirido el verano de 2013 en el transcurso de las negociaciones por la otra estrella de la selección brasileña, Neymar Jr.
Hace un año, el derecho de tanteo ya saltó a la palestra debido a la venta de Adrián Colunga del Getafe al Brighton inglés, que originó la reclamación del Recreativo de Huelva al haberse infringido su derecho preferente en relación al traspaso del jugador.
Precisamente el Decano ha sido uno de los equipos que más ha acudido a esta reclamación, puesto que el caso de Colunga fue precedido por la reclamación hecha al Espanyol por Raúl Molina y al Hércules por Dani Bautista. En ambos casos, el club andaluz consiguió gracias al Tribunal de Arbitraje del Fútbol una indemnización equivalente a 1.000.000 € más el IVA correspondiente.
Aunque la diferencia principal entre los casos mencionados y el que vamos a analizar, radica en que el Recreativo de Huelva alegó, en los tres casos, no haber recibido comunicación ninguna por parte del club vendedor, mientras que el Barcelona admite haber recibido la misma, no obstante los tiempos no hayan sido los adecuados.
El acuerdo firmado entre el FC Barcelona y el Santos, hacía referencia en concreto a tres jugadores: i) Victor Andrade (2.500.000 €), ii) Gabriel Barbosa (2.300.000 €) y iii) Giva (2.200.000 €). Este contrato obligaba al club brasileño a informar sobre cualquier oferta recibida por Gabigol que consideraran digna de ser aceptada, permitiendo de esta manera a los azulgranas igualar dicha oferta y poder llevar a cabo la transferencia.
La disputa surge a la hora de constatar que la comunicación al Barcelona se realizó el día 29 de agosto de 2016, dejando muy poco margen de actuación a los directivos del club, alegando que la oferta del equipo italiano se recibió tan solo el día anterior.
Para empezar, cabe resaltar que al no tratarse de un derecho de retracto, no se permite al Barcelona la subrogación en la posición del comprador y que el Inter, en principio, no corre ningún riesgo de ser perjudicado en toda esta disputa. Sin embargo cabe preguntarse por qué el club ‘’peixe’’, conocedor de la oferta desde el día 28 de agosto, no informó a la mayor brevedad posible a los directivos del Barcelona.
Además, Gabigol ha sido uno de los culebrones de este verano, por lo que también cabe preguntarse si el Santos ha mantenido contactos con el Barcelona a lo largo de estos meses, manteniéndolos al tanto de las negociaciones pertinentes. Hay que destacar que el derecho de tanteo no otorga al Barcelona ningún descuento sobre el traspaso final del futbolista, sino que simplemente le otorga la posibilidad de presentar la misma oferta que el tercer club involucrado y garantizar que esta oferta sea aceptada por el club de origen.
El hecho de que se haya presentado y comunicado una oferta con tan poco margen de actuación es lo que ha llevado al club azulgrana a plantearse denunciar al Santos, basándose en que toda esta serie de actuaciones hayan tenido que ver con la mala relación que existe actualmente entre los clubes debido precisamente a comisiones pertinentes al traspaso de Neymar Jr.
Veremos si el Barcelona consigue finalmente una decisión favorable como las conseguidas en su momento por el Recreativo o si la comunicación tardía consigue decantar la balanza a favor del Santos.

















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