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Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 20:45:43 horas

No hay denuncias por impagos en Primera y Segunda

Ramón Fuentes Ramón Fuentes Sábado, 10 de Julio de 2021

El pasado miércoles concluyó el plazo para presentarlas. Solo hay algunos casos pero por cuestiones del desacuerdo en el finiquito por la finalización de contrato esta temporada 2020-2021.

El pasado miércoles 7 de julio concluyó el plazo para que los jugadores de Primera y Segunda presentasen  las reclamaciones o denuncias a los clubes con el fin de que les paguen las cantidades adeudadas sin coste alguno para el jugador. Un plazo que estaba abierto desde el pasado 5 de junio. Denuncias que deberán ser examinadas por la Comisión Mixta compuesta por la propia AFE y LaLiga.

 

Pues bien, y según ha podido saber IUSPORT, no se ha presentado ninguna denuncia de impago del salario en ninguna de las dos categorías del fútbol español. Y eso que para los clubes no ha sido un año nada fácil como consecuencia de la pandemia del COVID y donde han visto mermados sus ingresos. Especialmente los derivados de la no presencia del público en los estadios. 

 

Según fuentes consultadas por este periódico, solo existen algunos casos pero que se deben a la hora del finiquito de jugadores que acababan contrato el pasado 30 de junio. Algo que no debería haber problemas para resolverse. 

 

No olvidemos que ante la Comisión Mixta pueden reclamarse todas aquellas deudas que los clubes mantengan directamente con sus futbolistas, siempre que las mismas estén debidamente documentadas. 

 

Los futbolistas que hayan estado cedidos 

 

No solo los jugadores de un club sino también los cedidos. En este caso deben haber denunciado a la finalización de la temporada las deudas que tengan con cualquiera de estos clubes

 

Denuncias por este finiquito que los jugadores han tramitado ante el sindicato, empezando por AFE. 

 

Documentación necesaria que han tenido que presentar 

 

A través de la Intranet de la web del propio sindicato AFE, el jugador ha tenido rellenar un formulario del modelo de reclamación e introducir escaneada directamente y de manera legible toda la documentación requerida por la propia AFE. 

 

Entre la documentación que debe presentar esta, 

 

- Mensualidades: Indicar el importe de cada una, especificando los meses concretos a que corresponden.

 

- Ayuda de vivienda: Indicar el importe de cada una, si es el caso, especificando los meses concretos a que corresponde.

 

- Ficha o Prima de Contrato:Precisar el importe, aclarando los plazos que se denuncian, si es el caso.

 

- Plazos de un reconocimiento de deuda: Señalar los plazos, que deberán haber vencido.

 

- Primas por partidos jugados: Hay que enumerar todos los partidos concretos a que corresponde la prima, señalando el importe diferenciado de cada uno de ellos.

 

- Primas por goles marcados: Hay que relacionar todos los partidos concretos en los que se han conseguido así como el número de goles en cada partido.

 

- Primas colectivas por objetivos: Hay que especificar el concepto e indicar el importe correspondiente.

 

- Indemnización de fin de contrato: Hay que indicar que se desea reclamar este concepto y especificar las temporadas que se han prestado servicios por cuenta del club de forma ininterrumpida, así como el salario mensual que se percibe, incluyendo todos los conceptos, a fin de calcular el importe de los 12 días por año de antigüedad en qué consiste esta indemnización. Es también fundamental aportar los contratos que acrediten la antigüedad en el club.

 

- Premio de Antigüedad: Ha de justificarse la permanencia en el club durante las temporadas exigidas por el Convenio Colectivo de aplicación, aportando copia escaneada de los contratos suscritos en el período exigido.

 

En cualquier caso, el importe de las cantidades que estén denunciadas por este finiquito deben haberlas hecho constar en bruto, es decir, sin retenciones fiscales y de Seguridad Social; salvo que se trate, claro está, de la reclamación de un reconocimiento de deuda neto facilitado por el club.

 

Ahora será la Comisión Mixta la que deberá comunicar al club en cuestión esta cantidad que adeuda en concepto de finiquito y se establece la obligación de éste de efectuar el pago en un plazo determinado. Entonces, se advierte al club de los efectos que se producirán como consecuencia de incumplir esta resolución.

 

Estos pueden ser desde la suspensión de servicios federativos al club deudor no pudiendo, entre otras cosas, tramitar licencias federativas de futbolistas hasta el pago de las cantidades aprobadas, e incluso la propuesta a la RFEF para que cautelar impide su participación en la categoría deportiva en la que podría hacerlo, permitiendo su intervención en la inmediata inferior. Aunque dada la situación no parece que haya que llegar a ninguno de estos extremos.

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