El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicó este viernes 22 de julio la nueva ley andaluza del Deporte, la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.
La nueva Ley del Deporte de Andalucía obligará a las diferentes federaciones deportivas regionales a contar con mujeres en sus juntas directivas.
La directora general de Deportes de la Junta de Andalucía, María José Rienda, avanzó en marzo este punto de la nueva normativa durante un desayuno informativo celebrado esta mañana en el Carmen de los Chapiteles de Granada.
Rienda explicó que el número de mujeres que obligatoriamente deberán formar parte de las 62 federaciones deportivas que hay en Andalucía dependerá del número de licencias y de deportistas femeninas de cada una de uno de esos estamentos.
La subvención este año de la Junta de Andalucía a las diferentes federaciones regionales alcanza los 4,7 millones de euros, aunque la intención de la institución es que "cada una obtenga cada vez más recursos propios para poder llevar a cabo su labor".
Actualmente, sólo las federaciones de esgrima e hípica están presididas por mujeres en Andalucía.
En este sentido, la exesquiadora ha destacado que la mayor parte de los 71 clubes que este año van a ser apoyados por la institución autonómica a través del Programa Estrella "son femeninos".
La directora general espera que esté activa "para mayo o junio" una nueva Ley del Deporte que "tiene pocos peros" tras haber sido "consensuada por todos los sectores del deporte" y que actualmente se encuentra "en tramitación parlamentaria".
Rienda ha destacado que la nueva ley también favorece la integración del deporte adaptado y crea un sello de calidad para los clubes que destaquen por su rechazo a la violencia, que recibirán premios materiales.
El número de instalaciones deportivas en la comunidad es ya de 14.000 y a su "mantenimiento y correcto funcionamiento" está destinada la mayor parte del presupuesto de este año en el área de Deportes de la Junta de Andalucía, ha explicado Rienda.
En torno a los grandes acontecimientos deportivos en la región, Rienda ha destacado los Mundiales de Freestyle y Snowboard que se celebrarán el próximo año en Sierra Nevada (Granada), que servirán para "seguir estando en el mapa mundial" y que por "posibilidades y potencial" de la estación van a ser "un gran éxito".
Preámbulo de la Ley
Dice en su preámbulo: "la presente ley está orientada exclusivamente a la regulación de los distintos aspectos del deporte en su vertiente amateur o aficionada, por lo que no contempla la regulación de competiciones deportivas profesionales, es decir, aquellas cuya calificación corresponde al Consejo Superior de Deportes y en las que existen vínculos laborales entre clubes y deportistas, además de una importante dimensión económica de la competición, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte. En consecuencia, tampoco se regula el régimen económico de los deportistas o clubes profesionales ni los aspectos ajenos a la estricta competición de los eventos deportivos. En el mismo sentido, tampoco regula ninguna de las múltiples actividades económicas que se derivan de la práctica del deporte, con la excepción, por motivos de seguridad y salud, de lo previsto en su título VII, dedicado a regular el ejercicio de aquellas profesiones más directamente relacionadas con el deporte, cuales son profesor o profesora de educación física, director o directora, entrenador o entrenadora y monitor o monitora deportivos.
La presente ley, inspirada en el principio de igualdad efectiva y en la plena integración de las personas con discapacidad, personas mayores y los grupos de atención especial, como infancia, juventud y grupos sociales desfavorecidos o en situación de riesgo de exclusión social, sitúa estas cuestiones fundamentales para evidenciar la trascendencia que se les atribuye en su título preliminar, proclamando por primera vez como abanderado del mismo el reconocimiento del derecho al deporte con carácter universal e imponiendo a todas las administraciones públicas el deber de garantizar el acceso de la ciudadanía a la práctica del deporte en igualdad de condiciones y de oportunidades.
Por todo ello, a tenor de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía, y teniendo presente la atribución de competencias a las entidades locales andaluzas en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, se amplía la legislación del sector deportivo andaluz al contemplar nuevas materias sobrevenidas e impuestas con el devenir de la realidad deportiva. En este sentido, la presente ley aborda por primera vez en Andalucía la regulación de las profesiones del deporte, cuestión cada vez más demandada por la ciudadanía. Otras novedades normativas la constituyen la regulación del catálogo de los derechos y deberes de los deportistas; de la lucha contra el dopaje deportivo; de la lucha contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia, o la creación del Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía, entre otras que se irán pormenorizando seguidamente".


















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