La RFEF envió al CSD el 27 de abril la nueva propuesta de composición de la asamblea
Así queda recogido en el registro del Consejo Superior de Deportes. Es la medida adoptada en Asamblea del pasado mes de marzo donde se redujo los miembros electos de 160 a 120
Como bien saben los lectores de IUSPORT; el pasado 22 de marzo de 2016 tuvo lugar una Asamblea de la Federación Española de Fútbol donde el punto clave del día radicaba en la reducción de los miembros electos del citado órgano de los 160 que tenía hasta ahora a los 120 que queda conformado tras la aprobación por mayoría del citado organismo federativo.
Como sucede con el resto de modificaciones normativas, todas ellas deben pasar el último trámite de la Comisión Directiva del CSD para tener su aprobación definitiva, reunión que todavía no se ha producido pero donde tienen previsto abordar esta modificación como también la relativa a las ayudas al descenso de la LFP de la que ya hablamos con detalle aquí en IUSPORT.
Pues bien IUSPORT ha tenido acceso al documento que la propia RFEF envío a finales del pasado mes de abril al CSD con la consiguiente modificación, documentación que tiene fecha de entrada en el registro del propio organismo estatal de fecha de 27 de abril.
Se trata de un escrito redactado por Jorge Pérez, Secretario General de la RFEF, y candidato a las elecciones a la propia Federación, las cuales tendrá que celebrarse finalmente después de la Eurocopa como también los Juegos Olímpicos.
En el citado texto, empieza haciendo constar la sesión de la Asamblea Extraordinaria que, como exponíamos anteriormente, tuvo lugar el pasado 21 de marzo en la sede de la propia Federación, con el objetivo de modificar el artículo 28 de los Estatutos federativos.
Inmediatamente recoge el punto cuatro del orden del día de la citada Asamblea relativo a la modificación del numero de asamblearios.
EL escrito comienza recordando que, en virtud de la Orden Ministerial que regula los procesos electorales aprobada el pasado 21 diciembre del 2015, “las federaciones deportivas que cuentan con más de 10000 licencias, como es el caso de la RFEF, el número máximo de electos es de 160, debiendo ser los que tengan tal carácter, como mínimo, el doble de miembros con la consideración de natos”.
La anterior fórmula supone que la RFEF “puede conformar una Asamblea General, compuesta de, además de los miembros natos, entre 40 y 160 miembros electos”. El escrito continua recordando que la Comisión Delegada del pasado 19 de enero del 2016 “decidió modificar la actual composición de la Asamblea General, recudiendo el número de miembros electos de 160 a 120”.
Sin duda la parte donde es quizá más duro respecto al CSD es en el siguiente texto donde recoge que “la mencionada Orden Ministerial, al haber alterado los porcentajes de representatividad de árbitros y entrenadores, quebró la proporcionalidad que existía en el seno de la Asamblea General”. Para continuar exponiendo que “la reducción de la Asamblea General es la fórmula idónea encontrada por la Comisión Delegada para restablecer el equilibrio quebrado por la Orden Ministerial”.
El escrito continúa argumentando que la propia Comisión Delegada estima que los miembros electos que habitualmente acuden a la Asamblea se acerca más a los 120 que no a los 140, “de modo que el ajuste responde también a la propia realidad federativa”.
Inmediatamente después recuerda que son los propios informes del TAD de fecha 4 de febrero del presente año y otro de la Subdirección general de régimen jurídico para el Deporte del propio CSD de 16 de febrero los que obligan a la RFEF debe modificar los Estatutos para que esta variación de los miembros tenga efecto.
El texto pasa entonces a exponer que la Asamblea General celebrada el citado día aprobó que, desde ahora, los “números electos que conforman la Asamblea General de la RFEF determinado reglamentariamente por la RFEF; lo que permite que la Asamblea General, reunida en Comisión, pueda determinar el número de miembros electos respetando la normativa vigente en cada momento”. Cambio importante porque hasta ahora, como se produjo el citado día de la Asamblea, debía ser aprobado por este organismo en votación de todos sus miembros.
Luego a partir de ahora, dado que los miembros vendrán marcados por la Orden Ministerial, se “termina con la fórmula de precisar el número exactos de miembros electos en los Estatutos”.
El escrito de cuatro páginas de la RFEF enviado al CSD acaba presentado las modificaciones finales del citado artículo 28 de los Estatutos relativo a la Asamblea General. Hasta ahora su punto uno recogía textualmente que “la Asamblea es el órgano superior de gobierno y representación de la RFEF y está compuesto por 180 miembros, veinte de los cuales son natos y 160 electos”. A partir de ahora el citado artículo queda redactado de la siguiente manera: “La Asamblea General es el órgano superior de gobierno y representación de la RFEF y esta compuesto por miembros natos y electos”.
En el punto 3 del citado artículo donde antes recogía que “son miembros electos 160 representantes de los estamentos de club, jugadores, árbitros y entrenadores” pasa ahora a decir que “son miembros electos los representantes de los estamentos de clubs, futbolistas, árbitros y entrenadores, que se determinen reglamentariamente”.
Está claro que actualmente toda la actividad electoral está parada, una vez que la RFEF ha enviado la petición de aplazamiento al CSD de las mismas y un reglamento electoral que debe volver a pasar el trámite del TAD y donde aparecen pocas variaciones respecto al enviado a finales de enero. Pero este letargo acabara a partir de septiembre y una vez quede prefijado definitivamente el proceso electoral de la Federación Española de Fútbol.


















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