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Los argumentos de Dancausa para prohibir las esteladas

EFE/Iusport EFE/Iusport Jueves, 19 de Mayo de 2016

[Img #21930]La delegada del Gobierno en Madrid, Concepción Dancausa, ha defendido este jueves la prohibición de las 'esteladas' en la final de la Copa del Rey de Fútbol de este domingo 21 de mayo al entender que es una bandera que no es "legal", es "ajena al deporte" y "puede provocar conflicto en el estadio". Afirma que su no autorización es una cuestión "de orden público" y de "seguridad" y "no hay ninguna razón política" en ello.


"Aplicar la Ley no es una elección electoralista", ha aseverado Dancausa, que insiste en que la Ley del Deporte ampara su actuación. Sin embargo, la norma no hace mención expresa a las banderas esteladas, símbolo del independentismo catalán. La legislación lo que contempla es que no se pueda acceder a recintos deportivos con banderas o símbolos "que inciten a la violencia o al terrorismo o que incluyan mensajes de carácter racista, xenófobo o intolerante".


La delegada del Gobierno ha insistido en que esta medida está contemplada en la Ley del Deporte y apoyada por la comisión para el dispositivo de seguridad del evento, así como de la Liga profesional de fútbol y la Real Federación Española de Fútbol. Aparte, ha recordado que la UEFA ya ha aplicado dos sanciones por la presencia de 'esteladas' en partidos continentales.


La delegada del Gobierno en Madrid ha incidido en que la 'estelada' "no es una enseña que represente a todos los catalanes" ni es una bandera "legal", sino un "símbolo" de una parte de los catalanes que defienden el independentismo y, en consecuencia, una bandera "ajena al deporte" y que puede generar conflicto por emplearse como un "elemento de propaganda política".


Dancausa ha indicado, remitiéndose al manual de prevención establecido por la Federación, que también se hubieran prohibido otra bandera diferente que pudiera generar conflicto, que ubica en la categoría de "materiales de propaganda racista, xenófoba, política y religiosa", como se prohíbe la entrada de "objetos de cristal, paraguas, cascos, o artículos pirotécnicos".

 

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