La Audiencia Nacional fallado a favor del Salamanca Athletic en el contencioso que mantenía con la RFEF por la negativa de esta a inscribirlo en Segunda B, según informa la Gaceta de Salamanca.
El auto desestima la exigencia de que el Salamanca AC tenga que depositar "al menos dos millones de euros" de fianza por los posibles perjuicios que podría causar su transformación en SAD y su posible inscripción en Segunda División B.
El equipo salmantino se había opuesto al escrito que la Federación Española de Fútbol presentó en su día en el que solicitaba a la Audiencia que ‘aclarara’ su última resolución y, además, que recalculara la fianza impuesta a Hidalgo, que la propia RFEF tasó en 215.000 euros y que posteriormente, tras comprobar que Hidalgo pagó sin problemas, solicitó multiplicar por diez.
Habrá que esperar a lo que resuelva el CSD tras conocer este auto, ya que todavía queda pendiente de resolver un recurso del Consejo Superior de Deportes ante el Tribunal Supremo contra la resolución judicial que ordenó su inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas.
LA SENTENCIA DE 2014
Como informamos en su día oportunamente, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Sexta) dictó sentencia el 15 de julio de 2014 por la que estimaba el recurso interpuesto por la empresa DESARROLLOS Y PROYECTOS MONTERRUBIO, S.L., controlada por Juan José Hidalgo, contra el acuerdo del CSD que rechazó la inscripción del SALAMANCA ATHLETIC CLUB, S.A.D. en el Registro de Asociaciones Deportivas.
El Consejo Superior de Deportes recurrió esta sentencia ante el Tribunal Supremo, que aún no ha resuelto, al tiempo que se opuso a su inscripción provisional.
En el escrito de alegaciones, el CSD reconocía que si inscribía al Salamanca como Sociedad Anónima Deportiva “podría [desde ya] participar en competiciones profesionales de ámbito estatal y oficial”.
La Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes (CSD), reunida el 17 de octubre de 2013, tomó la decisión de desestimar la solicitud de inscripción en el registro de Asociaciones Deportivas del Salamanca Athletic Club.
Este acuerdo suponía el cierre de todas las puertas al club para poder participar en una competición oficial a nivel estatal. La no inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas del CSD suponía la falta de identidad deportiva, requisito sine qua non para ser admitido en competición oficial.
El Salamanca Athletic Club recurrió esa negativa y la Audiencia Nacional les dio la razón en el sentido de que sí debieron ser inscritos como SAD y, por lo tanto, sí debieron ser admitidos en Segunda B.
Este asunto de la inscripción en el Registro del CSD, como dijimos, está pendiente aún en el Tribunal Supremo.
TEXTO ÍNTEGRO DE LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL DE 2014 FAVORABLE AL CLUB


















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