Martes, 03 de Noviembre de 2026

Actualizada Martes, 03 de Noviembre de 2026 a las 19:00:29 horas

Jose Emilio Jozami Delibasich

Caso Jesús de Miguel: dolo eventual o imprudencia

Jose Emilio Jozami Delibasich Martes, 03 de Noviembre de 2026
F: Captura MARCAF: Captura MARCA

El lamentable suceso que enluta el futbol español sucedido en Tenerife vuelve abrir un capítulo sobre las infracciones que pueden convertirse en delito.


Claramente el video muestra una dura infracción del portero Owono al jugador Miguel de Jesus en la mitad del campo donde el guardameta para nada debia tomar esa medida de saltar y golpear a la carrera al delantero aplicando un fuerte golpe en el pecho y aparentemente en el rostro.


Esto un jugador profesional debe saber que ese accionar puede causar un daño, seguramente que no una muerte pero si la muerte puede devenir de ese daño producido por una acción imprudente o cometida con la indiferencia que revela la figura del dolo eventual.


Seguramente se debera realizar una un estudio del video y de la situación para meritar si corresponde ademas de la sanción deportiva que debiera ser ejemplificadora , si se abre una causa penal . Como sabemos aqui no se activa el principio " non bis in idem" , pues estamos en presencia de dos sanciones en diferentes esferas , una sanción administrativa deportiva proveniente de un tribunal deportivo y una pena que marque el codigo penal si es condenado por la justicia ordinaria.

 

De concebirse esta última también dara lugar al resarcimiento por daño en la esfera civil . No es necesaria tanta violencia en el juego, para evitar hechos lamentables como este.

 

El Doctor Rios Corbacho se refiere muy clarmaente cuando habla de los casos que sobrepasan la frontera de la lex artis y queda atras la infracción deportiva para convertirse en un delito de imprudencia o de dolo eventual.
Seguramente no sera fácil definir y que las opiniones seran variadas alrededor de este triste y lamentable hecho que deja a una mujer de un deportista con una beba de un año sin su marido y su padre.


La justicia deberá actuar con el peso de la ley , apreciando a través del sistema de la sana crítica razonable y llegar a un veredicto que si bien no hubo una clara intencionalidad de matar , si hubo un accionar peligroso y de extrema imprudencia o de dolo eventual que devino en un daño que termino causando el deceso de una persona.

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