
La normativa se aplicará desde la temporada 2026/27, con un calendario gradual para determinadas obligaciones, y establece tres niveles de supervisión económica.
La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha comunicado a sus afiliados la aprobación de una nueva versión del Reglamento de Control Económico de Clubes. El texto recibió el visto bueno de la Comisión Delegada de la Asamblea General el pasado 15 de octubre de 2026 y se ha difundido mediante la Circular número 16, fechada el 20 de octubre.
El reglamento tiene como objetivos prevenir insolvencias, garantizar el cumplimiento de las obligaciones de pago y fomentar el equilibrio económico-financiero de los clubes. También busca favorecer el juego limpio financiero y la igualdad competitiva mediante presupuestos equilibrados y medidas de prevención de impagos.
Tres niveles de control según la competición
La normativa distingue entre control económico avanzado, intermedio y elemental. El nivel avanzado corresponde a Primera Federación y Primera División de Fútbol Sala. El intermedio se aplica a Primera Federación de Fútbol Femenino, Primera División de Fútbol Sala Femenino, Segunda Federación y Segunda División de Fútbol Sala.
- Primera Federación
- Primera División de Fútbol Sala
- Primera División de Fútbol Sala Femenino
- Segunda Federación
- Segunda División de Fútbol Sala
Por su parte, el control elemental comprende a Segunda División de Fútbol Sala Femenino, Segunda Federación de Fútbol Femenino, Segunda División B de Fútbol Sala y Tercera Federación.
- Segunda División de Fútbol Sala Femenino
- Segunda División B de Fútbol Sala
- Tercera Federación
Evaluación del cumplimiento de las obligaciones con las plantillas
El texto incorpora un anexo con criterios objetivos para evaluar las obligaciones laborales, tributarias, de Seguridad Social y de pago con los miembros del primer equipo. La revisión corresponde a una empresa especializada independiente y se articula mediante una matriz de indicadores con una puntuación máxima de 100 puntos. Los resultados se distribuyen en tres rangos: más de 85 puntos, entre 50 y 85, y menos de 50.
Además, determinados incumplimientos situarán al club en el rango inferior al 50 %, con independencia de la puntuación de la matriz. Entre ellos figuran la falta de acreditación del ingreso de cuotas de Seguridad Social o retenciones tributarias sin un aplazamiento o fraccionamiento concedido y vigente, así como los impagos salariales vencidos que afecten a tres o más integrantes de la plantilla del primer equipo.
Aplicación progresiva hasta la temporada 2028/29
El reglamento sustituye a la edición de 2025 y entra en vigor en la temporada 2026/27, aunque establece excepciones transitorias. Para las entidades sujetas al control intermedio, los artículos 24 y 25, relativos al cumplimiento de contratos, se aplicarán desde la campaña 2027/28, mientras que el artículo 26, sobre el informe externo, lo hará desde la 2028/29.
Los planes de ajuste para entidades en dificultad económica se exigirán desde la temporada 2027/28 en el nivel intermedio y desde la 2028/29 en el elemental. No obstante, cuando el patrimonio neto negativo supere el millón de euros en valor absoluto, el Órgano de Supervisión Económica de Clubes podrá requerir el plan en la temporada que estime conveniente, al margen de ese calendario.
La RFEF ha puesto a disposición de sus afiliados el Área de Apoyo Económico para resolver las dudas sobre el reglamento, a través de sus canales habituales.























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