
Quince años lleva en vigor la Ley de Regulación del Juego cuando, el 18 de mayo de 2026, la Dirección General de Ordenación del Juego abrió a consulta pública su reforma. La modificación forma parte de un conjunto de acciones de Consumo para reforzar los controles, mejorar los mecanismos de prevención y disponer de nuevas herramientas frente al juego ilegal y la evolución del juego online. El proceso dejó un plazo exacto para opinar y una dirección de correo para enviar aportaciones.
Una ley con quince años de vigencia
La consulta la impulsa el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, que dirige Pablo Bustinduy. Cualquier ciudadano o empresa pudo enviar sus ideas y propuestas hasta el 22 de junio de 2026. El objetivo declarado, más allá de actualizar el texto, es ampliar la protección de las personas usuarias ante un mercado que ha migrado al entorno digital.
El foco de la reforma está en tres frentes concretos. La futura norma pretende limitar la presencia de personajes famosos e influencers en la publicidad del juego, y también regular las promociones de captación de clientes o la publicidad orgánica en los buscadores, con el fin de que solo puedan aparecer páginas de publicidad de operadores de juego si las búsquedas tienen relación directa con las apuestas.
El Real Decreto 958/2020 y las prácticas publicitarias en la mira
La reforma no nace en el vacío. Nace del hueco que dejó una sentencia. El 10 de abril de 2024, el Tribunal Supremo tumbó parte del Real Decreto 958/2020, la norma que regula las comunicaciones comerciales del sector y que buena parte de la reforma de 2026 busca recomponer con rango de ley.
Lo que la reforma vigila es, en esencia, el escaparate comercial de los operadores: cómo promocionan sus productos, qué incentivos ofrecen para captar al usuario nuevo y por qué canales digitales lo hacen. El debate pasa por delimitar la publicidad de las cuotas de apuestas deportivas online y los bonos de bienvenida, dos piezas que la resolución judicial de 2024 dejó sin amparo reglamentario sólido.
El Supremo fue quirúrgico al señalar qué caía y por qué. El alto tribunal anuló varios artículos del Real Decreto 958/2020 al entender que determinadas limitaciones o prohibiciones establecidas en la norma reglamentaria carecen de la necesaria cobertura legal. Esa fórmula, "cobertura legal", es la que explica la secuencia entera: lo que un reglamento no puede prohibir por sí solo, lo tendría que fijar una ley.
Bonos de bienvenida y celebrities: lo que el Supremo dejó sin cobertura legal
La resolución detalló los artículos anulados. El Tribunal Supremo anuló el artículo 13, apartados 1 y 3, relativos a las actividades promocionales dirigidas a nuevos clientes; el artículo 15, sobre la aparición de personajes famosos en la publicidad; y el artículo 23.1, que establecía una prohibición general de difundir comunicaciones comerciales a través de servicios de la sociedad de la información. De este modo, las promociones para captar nuevos clientes y el uso de rostros conocidos en los anuncios quedaron fuera del alcance del decreto.
La anulación también afectó al ámbito digital. El Tribunal Supremo anuló el artículo 25.3, relativo a la publicidad del juego en plataformas de intercambio de vídeos, y el artículo 26, apartados 2 y 3, que limitaban la publicidad a través de las redes sociales. Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo tomaron esta decisión al estimar parcialmente el recurso presentado por la Asociación Española de Juego Digital contra el texto aprobado en noviembre de 2020, cuando Alberto Garzón estaba al frente del Ministerio de Consumo.
Ese análisis lo recogió iusport en su cobertura de la resolución, detallando artículo por artículo los preceptos que el Supremo eliminó del decreto y las razones que los magistrados adujeron en cada caso.
Avisos de riesgo al estilo del tabaco
El segundo pilar de la política de Consumo llegó antes que la consulta. El 1 de octubre de 2025, el ministerio anunció que obligaría a los portales a mostrar advertencias explícitas sobre los daños del juego, con un formato calcado del de las cajetillas de tabaco.
El ministro Pablo Bustinduy comunicó que los operadores privados de juego online estarán obligados a mostrar mensajes de advertencia explícitos sobre los riesgos del juego, con un formato similar al de las advertencias sanitarias en las cajetillas de tabaco. La cifra que ancla la campaña es concreta: los mensajes incluirán datos como que la probabilidad de perder dinero alcanza el 75%, un dato que el ministerio eligió para sustituir el genérico "juega con responsabilidad" por información de riesgo verificable.
Así lo recogió el 1 de octubre de 2025 el anuncio publicado por El País, con las declaraciones del ministro y los detalles del formato previsto para las advertencias.
|
Elemento de la medida de octubre de 2025 |
Dato confirmado |
|
Fecha del anuncio ministerial |
1 de octubre de 2025 |
|
Modelo de referencia del aviso |
cajetillas de tabaco |
|
Probabilidad de perder dinero citada |
75% |
Esa equiparación con el tabaco la verbalizó el propio ministro. "Queremos equiparar la concienciación sobre los riesgos del juego a la que ya existe con el tabaquismo", afirmó Bustinduy. El Ministerio desarrolla así el Real Decreto 958/2020 mediante una nueva resolución y dos anexos que la DGOJ sacaría a información pública en los días siguientes.
Influencers y publicidad en buscadores
El tercer frente apunta a quién vende y dónde aparece el anuncio. La nueva ley limitará la aparición de famosos e influencers en campañas publicitarias vinculadas al sector del juego, con la intención de prohibir tanto las promociones directas en perfiles públicos como la llamada publicidad orgánica en buscadores, de modo que los anuncios de apuestas solo se muestren cuando el usuario haga una búsqueda explícita sobre esta temática.
El perfil joven es el que concentra la preocupación. La futura aprobación de la ley permitiría recuperar la regulación de la publicidad del juego e impedir la utilización de personas famosas para campañas publicitarias o los bonos de bienvenida que se dirigen especialmente a un público joven.
Libertad de empresa frente a protección del consumidor
Ahí está la tensión constitucional que recorre todo el expediente. El Supremo no validó la publicidad del juego en abril de 2024: validó que un reglamento no puede, por sí mismo, imponer prohibiciones generales sin que una ley las respalde. La reforma de 2026 responde justo a eso, elevando a rango legal lo que el decreto no pudo sostener.
El equilibrio que busca Consumo enfrenta la libertad de empresa de los operadores con el deber público de proteger al consumidor, y el instrumento elegido es la ley, no el reglamento. La consulta pública abierta el 18 de mayo de 2026 fue el primer trámite formal, con un plazo de aportaciones que se cerró el 22 de junio de 2026.
















Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.57