Este asunto, frente a lo que se dice por algún medio, no guarda relación de clase alguna con el expediente non nato contra Villar en el TAD
El juzgado de Instrucción 25 de Madrid ha desestimado el recurso del expresidente de la Federación española de tenis, contra el auto que había decretado el archivo provisional de la querella contra el presidente del TAD, Enrique Arnaldo Alcubilla, según adelantó El Confidencial y han confirmado a IUSPORT fuentes próximas al TAD.
La titular del juzgado de Instrucción 25 deja, pues, sin efecto la imputación inicial que había dictado sobre Enrique Arnaldo, acusado por el expresidente de la Federación Española de Tenis (RFET), José Luis Escañuela, de los delitos de falsedad en documento público y prevaricación.
El auto, que aún no es firme, pues cabe recurso ante la Audiencia, dispone:
"Se desestima el recurso de reforma interpuesto por D. José Luis Escañuela y se confirma el auto que acuerda el archivo provisional de las presentes diligencias previas al no resultar debidamente justificada la perpetración del delito que motivó la formación de la causa".
En el auto, la magistrada niega la presunta "contradicción entre el auto inicial, admitiendo a trámite la querella por existir indicios de delito, y el contenido del auto (definitivo) que fundamenta la inexistencia de acreditación de los hechos denunciados como constitutivos de infracción penal".
Este jueves vence precisamente el plazo para recurrir el auto.
La querella rechazada a Escañuela contra el presidente del TAD
El juzgado de instrucción número 25 de Madrid admitió en septiembre pasado a trámite la querella del expresidente de la Real Federación Española de Tenis (RFET), José Luis Escañuela, contra el presidente del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), Enrique Arnaldo Alcubilla, informaron a Efe fuentes del caso.
Escañuela presentó la querella por la presunta comisión de un delito de prevaricación administrativa y otro de falsedad en documento público contra Arnaldo Alcubilla, en su condición de presidente del TAD, quien tiene entre tres y cinco días para interponer recurso de reforma o de apelación ante el citado tribunal.
Además, Escañuela denunció a las demás personas que hubiesen intervenido en la adopción de las resoluciones administrativas en las que se habrían consumado los delitos a que se refiere la querella.
La representación legal de Escañuela entendía que es "perjudicado material y directo por la Resolución de fecha 19 de Junio de 2.015, adoptada por el Tribunal Administrativo del Deporte en el Expediente num. 36/2.015, por la que se acordó imponerle la medida cautelar de suspensión por un mes, para el desempeño del cargo que ostenta de Presidente de la Real Federación Española de Tenis, y en la que (por su arbitrariedad e injusticia manifiestas, y su finalidad, inadmisible en Derecho) se concretan los delitos de prevaricación y falsedad en documento público por los que se interpone la presente querella".
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) comunicó el pasado 24 de junio su decisión de suspender en el ejercicio de sus funciones por un mes a Escañuela, entonces presidente de la RFET.
La federación, según informó el TAD, "de manera repetitiva y con absoluta falta de respeto al ordenamiento legal aplicable" había incumplido "las órdenes e instrucciones emanadas por el Consejo Superior de Deportes respecto a la facilitación de documentación necesaria para la realización de la auditoría prevista en el artículo 36.2 de la Ley 10/1990 del Deporte".
Esta suspensión se hizo pública mientras José Luis Escañuela ofrecía una rueda de prensa en Madrid en la que reiteró su decisión de no dimitir, incluso después de conocer la inhabilitación.
La renuncia a su cargo se produjo días después, en un escrito ante notario que fue publicado por el diario Marca el 2 de julio.
Por su parte, el 7 de septiembre el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) habló de "especial gravedad", "persistente resistencia" y "reiterada falta de colaboración" en la resolución en la que inhabilitó durante dos años al expresidente de la RFET.
El TAD consideró que Escañuela, al que ya había inhabilitado durante un mes en junio por su negativa a facilitar información para auditar las cuentas y por el desvío sospechoso de cerca de 600.000 euros, incumplió de forma reiterada las órdenes del Consejo Superior de Deportes (CSD) y fue el responsable de las irregularidades de la RFET mientras fue su presidente.
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