Viernes, 18 de Septiembre de 2026

Actualizada Viernes, 18 de Septiembre de 2026 a las 12:43:52 horas

El Heredia 21 reclama la vacante del Ribera Navarra, adjudicada provisionalmente al TAFA

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El Club Deportivo Heredia 21 Fútbol Sala ha reclamado formalmente ante la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) la plaza vacante en Segunda División de Fútbol Sala Masculina tras la desinscripción del CFS Ribera Navarra, y ha solicitado que sea designado para ocuparla en caso de que el Vulcanizados Ruiz Tafa FS no formalice su inscripción.

 

Según adelantó Gustavo Muñana en Twitter, el club malagueño presentó el 16 de septiembre su solicitud para cubrir la vacante, manifestando su voluntad de competir en la categoría y su disposición a cumplir todos los requisitos exigidos por la RFEF.

 

Sin embargo, la resolución dictada el 17 de septiembre por el Juez Único de Competiciones No Profesionales determinó que el derecho a cubrir la plaza correspondía al Vulcanizados Ruiz Tafa FS.

 

Según expone el Heredia 21, tuvo conocimiento de dicha resolución a través de los medios de comunicación y las redes sociales, y no recibió el documento de la RFEF hasta que lo solicitó expresamente por correo electrónico. El club sostiene además que la resolución no menciona su solicitud del día anterior ni se pronuncia sobre ella.

 

Por este motivo, el Heredia 21 pide que se le reconozca la condición de interesado en el procedimiento, que se le notifiquen formalmente las resoluciones que se dicten y que la RFEF resuelva de forma expresa y motivada la solicitud que presentó el 16 de septiembre.

 

"Aceptación expresa e incondicional" de la plaza

 

El club reitera en su nuevo escrito su aceptación expresa e incondicional de la plaza y asegura que dispone de plantilla, cuerpo técnico, instalación deportiva homologada en Málaga y medios económicos para afrontar las exigencias de la categoría.

 

Además, afirma estar en condiciones de disputar ya la primera jornada de Segunda División, prevista para este sábado 19 de septiembre frente al Entrerríos, sin necesidad de modificar el calendario aprobado por la RFEF.

 

El Heredia 21 plantea su designación para el caso de que el Vulcanizados Ruiz Tafa FS no formalice finalmente su inscripción dentro del plazo concedido por la RFEF. El club recuerda que la resolución del 17 de septiembre no establece un orden de prioridad para cubrir la vacante en caso de renuncia del equipo inicialmente designado.

 

Apela a su vinculación con la plaza

 

Entre sus argumentos, el Heredia 21 sostiene que es el equipo titular del derecho de participación cuya pérdida generó la cadena de vacantes que ha desembocado en la actual plaza libre.

 

El escrito señala que, según la propia resolución federativa, la pérdida de ese derecho de participación dio origen a una sucesión de coberturas de vacantes y considera que, al haberse producido estas por la existencia de plazas libres ajenas a los equipos designados, el Heredia 21 mantiene una especial vinculación con la plaza que ahora debe cubrirse.

 

El club también argumenta que el Comité Nacional de Fútbol Sala acordó el 16 de septiembre mantener la competición con 16 equipos y cubrir la vacante, cuando la primera jornada está fijada para el 19 de septiembre. A su juicio, el Heredia 21 es el único club que puede incorporarse inmediatamente sin alterar el calendario, mientras que la designación de otro equipo podría obligar a aplazar encuentros o a amortizar la plaza.

 

Reserva la posibilidad de recurrir

 

El Heredia 21 deja además constancia de que se reserva el derecho a interponer recurso ante el Comité Nacional de Segunda Instancia dentro del plazo de 48 horas desde la notificación efectiva de la resolución del 17 de septiembre.

 

Asimismo, el club mantiene las acciones judiciales que tiene ejercitadas ante el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga y la Audiencia Provincial de Málaga en relación con los derechos de participación derivados de la unidad productiva adquirida mediante el Auto firme 1073/2025.

 

En su petición final, el Heredia 21 solicita que, si el Vulcanizados Ruiz Tafa FS no se inscribe o no formaliza su participación, sea designado para cubrir la vacante, comprometiéndose a aportar en el mismo día toda la documentación que le sea requerida.

 

Subsidiariamente, pide que la RFEF establezca expresamente el orden de prioridad para cubrir la plaza conforme al artículo 11.2 del Reglamento de Competiciones e incluya al propio Heredia 21 antes de adoptar cualquier decisión sobre la posible amortización de la vacante.

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