F. Tafa FSEl Vulcanizados Ruiz Tafa FS ha sido designado para cubrir la vacante generada en la Segunda División de Fútbol Sala Masculino tras la desinscripción del equipo del CFS Ribera Navarra para la temporada 2026/2027.
La decisión de adjudicar la plaza al TAFA, adoptada por el Juez Único de Competiciones No Profesionales de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), reconoce al conjunto tafallés como el club con mejor derecho deportivo para ocupar la plaza.
La resolución tiene su origen en la pérdida de eficacia de la inscripción condicional del CFS Ribera Navarra. El órgano competicional ya había acordado el 14 de septiembre la desinscripción de los equipos del club navarro de varias competiciones de la temporada 2026/2027, incluida la Segunda División masculina de fútbol sala.
La RFEF desinscribe al CFS Ribera Navarra
El Juez Único de Competiciones No Profesionales de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) acordó dejar sin efecto la inscripción condicional del CFS Ribera Navarra para la temporada 2026/2027 en Segunda División de fútbol sala masculino, el Campeonato de España/Copa de S. M. el Rey de fútbol sala y la División de Honor Juvenil. La decisión se fundamentó en el incumplimiento de los mínimos reglamentarios de licencias de jugadores exigidos para participar en dichas competiciones.
La inscripción del club había sido autorizada de forma condicional el 13 de agosto, sujeta a la acreditación y mantenimiento de los requisitos reglamentarios. Según los datos incorporados al expediente, a 11 de septiembre el equipo de Segunda División no contaba con ninguna licencia de jugador, mientras que el conjunto juvenil tenía siete licencias.
La normativa federativa exigía que el equipo de Segunda División dispusiera, al menos una semana antes de la primera jornada —prevista para el 18 de septiembre—, de tres licencias de futbolistas. Para la División de Honor Juvenil, el mínimo ordinario era de diez jugadores inscritos, reducible excepcionalmente a ocho bajo determinadas condiciones que el club no alegó.
El procedimiento fue incoado el 4 de septiembre y el CFS Ribera Navarra dispuso de plazo hasta el día 9 para presentar alegaciones y documentación. Sin embargo, la resolución señala que el club no formuló alegaciones ni aportó documentación durante ese trámite.
La resolución subraya que la medida no tiene naturaleza disciplinaria, sino que constituye una decisión de ordenación de la competición ante la falta de cumplimiento de los requisitos objetivos de participación. El artículo 9.4 del Reglamento de Competiciones contempla expresamente la desinscripción en estos supuestos.
Adjudicación de la plaza al TAFA
La plaza vacante correspondía al ATP Iluminación Tudelano Ribera Navarra, equipo que había concluido la temporada 2025/2026 en la decimosexta posición de Primera División, dentro de los puestos de descenso a Segunda División. Por tanto, aunque la vacante se ha producido en la categoría de plata, su origen se encuentra en la situación administrativa del club que acababa de descender desde la máxima categoría.
El Comité Nacional de Fútbol Sala decidió el 16 de septiembre que la plaza no fuera amortizada y que el órgano competente procediera a cubrirla. Esta precisión resulta relevante porque el Reglamento de Competiciones permite, en determinadas competiciones no profesionales, optar por no cubrir las vacantes. En este caso, sin embargo, se acordó mantener la plaza en Segunda División.
La prioridad para los clubes descendidos
La resolución aplica el artículo 15 del Reglamento de Competiciones de la RFEF, que regula cómo deben cubrirse las plazas que quedan libres por motivos distintos de la clasificación deportiva. Según ese criterio, se atiende a la situación competitiva previa del equipo que provoca la vacante y, cuando este procedía de una división superior, tienen prioridad los clubes que habían descendido de la categoría en la que se produce la vacante.
Al término de la anterior campaña, los equipos que ocuparon puestos de descenso en Segunda División fueron Avanza Jaén Paraíso Interior, decimocuarto clasificado; Unión África Ceutí “A”, decimoquinto; y Vulcanizados Ruiz Tafa FS, decimosexto.
No obstante, los dos primeros de esa relación ya habían obtenido continuidad en la categoría por resoluciones previas. El Avanza Jaén recibió el derecho a cubrir la plaza dejada por la renuncia del Levante UD FS, mientras que Unión África Ceutí fue designado para la vacante derivada de la pérdida del derecho de participación del Heredia 21 Málaga CR. En consecuencia, el Vulcanizados Ruiz Tafa FS pasa a ser el club que ostenta el siguiente mejor mérito deportivo para acceder a la competición.
Un día hábil para formalizar la inscripción
La resolución declara expresamente que corresponde al Vulcanizados Ruiz Tafa FS cubrir la vacante del Ribera Navarra. Sin embargo, la incorporación efectiva depende todavía de que el CD Tafa FS complete los trámites de inscripción y acredite el cumplimiento de los requisitos reglamentarios exigidos para participar en Segunda División.
El club dispone para ello de un plazo máximo de un día hábil desde la publicación de la decisión. En caso de que no solicite la inscripción dentro de ese periodo, se entenderá que renuncia a la cobertura de la plaza.
Sin cambios en el calendario
La RFEF también ha establecido que esta sustitución no implicará cambios en el calendario de enfrentamientos ya sorteado para la competición. Si el CD Tafa FS formaliza su inscripción, asumirá directamente la posición del CFS Ribera Navarra y disputará los encuentros que inicialmente habían sido asignados al ATP Iluminación Ribera Navarra.





















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