Europa PressEn enero de 2003, el Fútbol Club Barcelona y Louis van Gaal acordaron la rescisión del contrato que vinculaba al entrenador holandés con la entidad azulgrana. El acuerdo incluía una compensación económica de 4.239.392 euros, de los cuales dos millones correspondían a la indemnización por despido y el resto, 2.239.392 euros, a las nóminas pendientes de la temporada.
Lo que para el club era el precio de una salida pactada, para la Agencia Tributaria se convirtió en el inicio de una controversia que ha tardado veintitrés años en resolverse. Y que se ha resuelto, al fin, con una sentencia de la Audiencia Nacional que da la razón al entrenador y desautoriza el criterio que Hacienda mantuvo durante más de dos décadas.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo, compuesta por los magistrados Francisco Gerardo Martínez Tristán, Javier Eugenio López Candela, Enrique Gabaldón Codesido y Francisco Pleite Guadamillas, dictó el 28 de mayo de 2026 una sentencia que anula la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 2020 y reconoce el derecho de Van Gaal a aplicar la reducción del cuarenta por ciento prevista para los rendimientos notoriamente irregulares sobre la totalidad de la cantidad percibida, no solo sobre la parte expresamente calificada como indemnización.
La decisión supone una devolución de más de 800.000 euros, más los intereses correspondientes, y una condena en costas a la Administración por importe máximo de 5.000 euros.



























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