ShutterstockUna jueza de Barcelona ha archivado la querella que presentó una mujer contra Joan Laporta tras perder 100.000 euros que invirtió en sociedades vinculadas al presidente del Barcelona, al concluir que no hay indicios de "engaño", sino de un "actuar un tanto especulativo" que no dio el resultado esperado.
En un auto, avanzado por El País y al que ha tenido acceso EFE, la titular del juzgado de instrucción número 22 de Barcelona archiva la causa por estafa abierta a raíz de la querella de la inversora, que también se dirigía contra el vicepresidente, Rafael Yuste, el economista Xavier Sala i Martín, exdirectivo del club, y el exdirector de TV3 y expropietario del CF Reus Deportiu, Joan Oliver.
En su escrito, la jueza sostiene que de las diligencias de investigación no se desprenden indicios de estafa, ya que todos los contratos firmados se celebraron "al amparo de la libertad negocial", sin que hubiera "voluntad de criminalizar" los mismos, como afirma la querellante.
Para la magistrada, de la inversión se deriva "un actuar un tanto especulativo" consentido por la querellante mediante la firma de diversos contratos a cambio de una alta rentabilidad, de la que se benefició en parte, sin llegar a obtener el resultado esperado.
La inversora denunciaba, según el auto, "un contencioso derivado del incumplimiento de un contrato de inversión y préstamo participativo", a lo largo de casi diez años, desde 2016, en el que, a través de un tercero, que ni siquiera identifica y que le habría propuesto el negocio y le habría hecho llegar los contratos, habría iniciado una relación con una alta rentabilidad a su favor.
Remite a la vía civil
Sin embargo, a tenor de las diligencias practicadas, la jueza considera que no se observa actuar delictivo de los querellados, tratándose más bien, en su caso, de un incumplimiento contractual que las partes habrán de ventilar en la vía civil correspondiente.
Una de las inversiones investigadas se articuló a través de CSSB Limited, sociedad en auge en Japón de la que era consejero delegado Joan Oliver y que ofrecía la compra de acciones para un proyecto de creación en China de una academia de formación futbolística inspirada en "La Masia" del FC Barcelona.
Según la jueza, tanto los querellados como la agente de banca privada que declaró como testigo señalaron como "principal condicionante del fracaso" la irrupción de la pandemia de coronavirus en 2020, lo que provocó "el cierre y parón total de China" y sus efectos sobre el fútbol y la economía.
Tras la "frustración" de los objetivos, añade el auto, los inversores recibieron información y se negoció la devolución de los importes invertidos, siendo la querellante "partícipe activa" de todo ello.
"Existiendo contratos con un objeto real y cierto, las cuestiones que dimanen de los mismos deben dirimirse en sede jurisdiccional civil", concluye la magistrada, al considerar que ese es el cauce natural para resolver las diferencias contractuales.
Joan Laporta tiene otros dos procedimientos abiertos por otras inversiones fallidas en el mismo proyecto.






















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