F: @SEFutbolLa imagen tiene algo de esperpento jurídico. Un fondo de inversión con sede en Delaware rastrea los contratos de la selección española de fútbol durante el Mundial de 2026 con la esperanza de cobrarse una deuda que España contrajo hace más de una década con los inversores en energías renovables. La selección, la Federación, los patrocinadores, las televisiones: todo el entramado económico que rodea a la Roja se convierte de repente en el objetivo de unos acreedores que, tras ganar el litigio arbitral, descubrieron que una cosa es tener razón y otra muy distinta es cobrar. El juez federal John D. Bates, del tribunal del Distrito de Columbia, ha frenado la maniobra con un auto que merece ser leído con atención por lo que dice, por lo que calla y por lo que revela sobre los límites de la ejecución forzosa contra Estados soberanos.
El intento de Blasket Renewable Investments no era nuevo en la estrategia de los acreedores insatisfechos, pero sí particularmente imaginativo. Consistía en equiparar a la Real Federación Española de Fútbol y a la selección nacional con el Reino de España, de modo que los ingresos generados por su participación en el Mundial pudieran ser perseguidos como bienes del Estado deudor. El juez Bates no ha comprado el argumento, y lo ha hecho con una claridad que conviene descomponer en sus elementos jurídicos esenciales.
El origen de la deuda: los recortes a las renovables y el arbitraje internacional
Conviene recordar el sustrato del conflicto porque sin él la decisión del juez Bates resulta incomprensible. En 2013, el Gobierno presidido por Mariano Rajoy modificó el régimen de ayudas a las instalaciones de energía renovable, reduciendo sustancialmente las primas que recibían. Numerosos inversores extranjeros, que habían desembolsado capital confiando en un marco regulatorio estable, acudieron a tribunales internacionales de arbitraje y obtuvieron laudos favorables por valor de cientos de millones de euros. España fue condenada a indemnizar, pero las dificultades para ejecutar esos laudos han convertido la victoria arbitral en una larga peregrinación judicial.
El fondo Blasket adquirió uno de esos derechos de cobro, un laudo de aproximadamente 47 millones de dólares, y se lanzó a buscar bienes españoles susceptibles de embargo en territorio estadounidense. La estrategia era racional: si España no pagaba voluntariamente, había que encontrar activos que pudieran ser ejecutados forzosamente. El problema, como tantas veces ocurre en el derecho de ejecución, era identificar bienes que fueran inequívocamente propiedad del deudor y que no estuvieran protegidos por inmunidades soberanas.
Diego Fierro Rodríguez




















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