F: Europa PressEl futbolista Rafa Mir ha anunciado a través de un mensaje en redes sociales que recurrirá la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia que le condena a ocho años y medio de prisión por un delito de agresión sexual y lesiones a una joven, cometido en la noche del 31 de agosto de 2024 en el domicilio del jugador de Bétera.
El jugador del Sevilla, en la actualidad cedido en el Elche CF y anteriormente en el Valencia CF, que fue juzgado el pasado 28 de mayo, asegura en un texto en Instagram no estar "de acuerdo con la sentencia" por lo que anuncia que recurrirán "en los próximos días". "Sigo confiando en la Justicia", afirmó.
La sentencia prohíbe además a Mir acercarse a menos de 500 metros del domicilio de la víctima o de sus familiares, lugar de trabajo o comunicarse con ella durante diez años, y deberá cumplir libertad vigilada, posterior a la prisión, por siete años más.
La sentencia, que ha sido notificada este lunes a las partes y que puede ser recurrida ante el Supremo, establece una indemnización de 64.000 euros a favor de la víctima de Rafa Mir.
También condena al otro jugador juzgado, Pablo Jara, a dos años y medio de prisión y el pago de una multa por un delito de agresión sexual, otro contra la integridad moral y uno leve de lesiones cometidos sobre una segunda joven, amiga de la anterior. Además, deberá indemnizarla con 6.280 euros.
Los hechos ocurrieron en la noche del 31 de agosto al 1 de septiembre de 2024, cuando los ahora condenados conocieron a dos jóvenes en una discoteca de València y se dirigieron luego al domicilio del primero de ellos para continuar la fiesta.
En esa vivienda, ubicada en una urbanización de la localidad valenciana de Bétera, tal y como ha declarado probado la resolución judicial, Rafa Mir agredió sexualmente en la piscina y en un cuarto de baño a una de las chicas mientras que el otro futbolista agredió sexualmente, aunque sin llegar a tener acceso carnal, a la segunda joven en la piscina, para después echarla del chalé a empujones y dejarla en la calle semidesnuda.
Para la sala, la prueba practicada en el acto del juicio ha servido para acreditar "sin fisuras" la comisión de los hechos propuestos por las acusaciones, centrada "esencialmente" en los testimonios de las dos víctimas, que tanto en el juicio como en el atestado de la Guardia Civil y otras declaraciones aportan un relato "consistente" y "con coherencia de hechos", con "detalles precisos".
Rafa Mir negó en la vista haber agredido sexualmente a la joven y afirmó, en una declaración en la que contestó únicamente a preguntas de su abogado, que "todo fue consentido" y que la noche "fluyó así". Por contra, la víctima narró una doble agresión sexual con penetración por parte del jugador y declaró que se puso en ese momento "a llorar"; que le costaba "respirar"; que tenía "miedo" y que le pidió que parara pero él no lo hizo.
La sala pide en la sentencia deducir testimonio --procedimiento similar a una denuncia-- contra los policías locales de Bétera que acudieron al lugar de los hechos por si sus declaraciones en el juicio fueran constitutivas de un delito de falso testimonio.






















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