Viernes, 29 de Mayo de 2026

Actualizada Viernes, 29 de Mayo de 2026 a las 16:49:27 horas

Apelación rechaza el recurso del Pontevedra y confirma al Real Madrid Castilla en el playoff

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El órgano federativo de segunda instancia avala la clasificación final del Grupo 1 de Primera Federación y rechaza suspender el inicio de la fase de ascenso.

El Comité Nacional de Segunda Instancia de la RFEF ha desestimado íntegramente el recurso presentado por el Pontevedra Club de Fútbol, S.A.D. contra la resolución del Juez Único de Competiciones No Profesionales que situó al Real Madrid Castilla como quinto clasificado del Grupo 1 de Primera Federación.

 

La decisión confirma que el filial madridista disputará la Semifinal 3 del playoff de Primera Federación, mientras que el Pontevedra queda sexto y el Barakaldo CF séptimo.

 

La resolución, dictada en Las Rozas de Madrid el 28 de mayo de 2026, pone fin a la vía federativa en la controversia generada tras el triple empate a 58 puntos entre Real Madrid Castilla, Pontevedra CF y Barakaldo CF al término de la fase regular de la temporada 2025/2026.

 

El conflicto se originó el 24 de mayo, una vez concluido el campeonato regular, cuando el Pontevedra mostró su disconformidad con la clasificación publicada por la RFEF, en la que se otorgaba al Real Madrid Castilla la quinta plaza del Grupo I y, por tanto, el último billete para el play off de ascenso a Segunda División.

 

La discusión: cómo resolver el triple empate

 

El núcleo del recurso se centraba en la interpretación del artículo 12 de las Bases de Competición de Primera Federación y su relación con el artículo 29.3 del Reglamento de Competiciones de la RFEF. En concreto, el Pontevedra defendía que, tras aplicarse el primer criterio de desempate, el segundo criterio —la diferencia de goles en los enfrentamientos directos— debía calcularse tomando como referencia los partidos disputados entre los tres equipos inicialmente empatados.

 

El Comité Nacional de Segunda Instancia rechaza esa interpretación. Según el órgano federativo, una vez que el primer criterio resuelve la posición de uno de los clubes, el siguiente criterio solo debe aplicarse entre los equipos que continúan empatados. Por ello, la expresión “entre ellos” utilizada en las Bases se refiere, a juicio del Comité, a los dos equipos que permanecen igualados tras la aplicación del primer criterio, y no al conjunto inicial de tres clubes.

 

El Comité descarta la tesis del Pontevedra

 

La resolución considera que la lectura planteada por el club gallego vaciaría de contenido el carácter excluyente de los criterios de desempate y podría generar resultados contradictorios. En particular, el Comité razona que no tendría sentido que un equipo cuya posición ya ha quedado definida siguiera influyendo en la asignación de la plaza entre los dos clubes que permanecen empatados.

 

Además, el órgano federativo sostiene que las Bases de Competición no constituyen un régimen autónomo separado del Reglamento de Competiciones, sino una concreción de este para la Primera Federación. Por tanto, entiende que la interpretación debe ser sistemática y coherente con la normativa general de la RFEF.

 

Sin efecto las alegaciones sobre confianza legítima

 

El Pontevedra también invocó el principio de confianza legítima y la doctrina de los actos propios, alegando que durante la competición se habían producido publicaciones o referencias que apuntaban a una interpretación favorable a sus intereses.

 

El Comité rechaza igualmente este argumento. La resolución subraya que las publicaciones en redes sociales o la ordenación provisional de la clasificación en la página web de la competición tienen carácter meramente informativo y no constituyen actos decisorios vinculantes de los órganos competicionales de la RFEF.

 

Se deniega la suspensión del playoff

 

El Pontevedra había solicitado también, con carácter urgente, la suspensión del inicio del Play Off de Primera Federación. Sin embargo, el Comité deniega la medida cautelarísima al resolver directamente el fondo del asunto y considerar que no concurren los presupuestos necesarios para adoptarla.

 

En consecuencia, el Comité confirma íntegramente la resolución del Juez Único de Competiciones No Profesionales de 25 de mayo de 2026: el Real Madrid Castilla es el quinto clasificado del Grupo 1 y disputará la Semifinal 3 del Play Off; el Pontevedra CF queda sexto; y el Barakaldo CF ocupa la séptima posición.

 

La vía federativa queda agotada

 

La resolución agota la vía federativa y deja abierta la posibilidad de acudir a la jurisdicción civil competente.

 

El Comité ordena notificar la decisión al Pontevedra CF, al Real Madrid CF, al Barakaldo CF y al Departamento de Competiciones de la RFEF.

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