Jueves, 14 de Mayo de 2026

Actualizada Miércoles, 13 de Mayo de 2026 a las 23:44:56 horas

Cuatro partidos a Eder Sarabia por decirle "sinvergüenzas" e "hijos de puta" a los árbitros

IUSPORT / Pável Fernández IUSPORT / Pável Fernández Miércoles, 13 de Mayo de 2026
Elche CFElche CF

El Comité de Disciplina de la RFEF ha acordado imponer cuatro partidos de suspensión al entrenador del Elche CF, Eder Sarabia, por los insultos dirigidos al equipo arbitral tras el encuentro disputado ante el Real Betis Balompié el 12 de mayo de 2026, correspondiente a la jornada 36 del Campeonato Nacional de Liga de Primera División.

 

Según recoge el acta arbitral del partido, una vez finalizado el encuentro y ya en el túnel de vestuarios, el técnico visitante se dirigió al equipo arbitral “a viva voz” con las expresiones: “sois unos sinvergüenzas, hijos de puta”. Los hechos, añade el acta, fueron presenciados también por el delegado informador.

 

El Elche CF presentó alegaciones solicitando que se dejara sin efecto la expulsión del entrenador. El club sostuvo que no existían imágenes que acreditaran que Sarabia hubiera pronunciado concretamente las expresiones recogidas en el acta arbitral y afirmó, además, que el técnico no llegó a coincidir con el equipo arbitral en el túnel de vestuarios.

 

La entidad ilicitana también indicó que el entrenador había pedido disculpas por cualquier manifestación que hubiera podido resultar ofensiva durante el transcurso del encuentro.

 

Sin embargo, el Comité de Disciplina ha rechazado los argumentos del club al considerar que no se aportaron pruebas suficientes para desvirtuar la presunción de veracidad del acta arbitral.

 

En su resolución, el órgano disciplinario recuerda que las decisiones arbitrales sobre hechos relacionados con el juego se presumen ciertas salvo que se acredite un error material manifiesto.

 

El Comité subraya que, para dejar sin efecto lo consignado por el árbitro, el club debía aportar elementos probatorios “idóneos y suficientes” que demostraran de forma inequívoca la inexistencia de los hechos o la existencia de un error claro y patente.

 

A juicio del órgano disciplinario, la mera negación de los insultos o la ausencia de imágenes que los acrediten no bastan para destruir la presunción de veracidad del acta.

 

La resolución también descarta que la alegación relativa a que Sarabia no coincidió físicamente con el equipo arbitral en el túnel tenga efecto exculpatorio.

 

El Comité razona que esa circunstancia no impediría que las expresiones fueran proferidas “a viva voz”, tal como se hizo constar en el acta. Del mismo modo, considera que las disculpas posteriores del técnico no eliminan la responsabilidad disciplinaria derivada de los hechos.

 

El órgano disciplinario concluye que la conducta atribuida al entrenador excede de la mera protesta o discrepancia y constituye una manifestación ofensiva y gravemente irrespetuosa hacia la autoridad arbitral.

 

Por todo ello, el Comité confirma la expulsión de Eder Sarabia y considera los hechos constitutivos de la infracción prevista en el artículo 99 del Código Disciplinario de la RFEF.

 

La sanción impuesta es de cuatro partidos de suspensión, junto con las multas accesorias previstas en el artículo 52 del mismo texto normativo.

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