
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado la demanda presentada por la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LNFP) contra la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) y ha concluido que los paros de entre diez y quince segundos realizados por los jugadores al inicio de los partidos de la novena jornada de Liga no constituyeron una huelga ilegal, sino una manifestación del derecho a la libertad de expresión, en conexión con la libertad sindical.
El conflicto se originó en torno al proyecto para disputar en Miami el partido de la jornada 17 entre el Villarreal CF y el FC Barcelona. Según recoge la sentencia, desde agosto de 2025 AFE venía reclamando información a La Liga sobre esa iniciativa y cuestionando que se estuviera impulsando sin suficiente diálogo con los futbolistas.
La resolución explica que el 17 de octubre de 2025 AFE anunció públicamente que, con el apoyo de los capitanes de Primera División, los futbolistas protestarían “de forma simbólica” al inicio de todos los encuentros de la novena jornada como respuesta a la “falta de transparencia, diálogo y coherencia” de LaLiga respecto a la posibilidad de jugar un partido oficial en Estados Unidos.
Durante esa jornada, los jugadores permanecieron inmóviles entre 10 y 15 segundos una vez iniciado el tiempo de juego, y en el partido entre Celta de Vigo y Real Sociedad se produjeron dos paros. Las actas arbitrales reflejaron esos hechos en el apartado de “otras observaciones”, y la sentencia subraya que todos los encuentros continuaron con total normalidad hasta su conclusión.
La Liga sostenía que esos paros equivalían a una huelga ilegal por haberse convocado sin cumplir los requisitos formales exigidos para el ejercicio del derecho de huelga y alegaba además un perjuicio reputacional de 8,7 millones de euros.
Sin embargo, la Audiencia Nacional rechaza esa tesis. El tribunal considera determinante la escasa duración de la protesta, su nula trascendencia sobre el desarrollo real de la competición y el hecho de que su finalidad fuera exteriorizar el malestar de los futbolistas ante un conflicto laboral previo sobre el proyecto de Miami.
La sentencia también apunta que la cancelación posterior del partido de Miami no puede atribuirse de forma exclusiva a la protesta de los jugadores. El propio comunicado de LaLiga, según recoge la resolución, vinculó la decisión de la promotora a la “incertidumbre generada en España durante las últimas semanas”, sin identificar como causa única el paro simbólico de la jornada 9.
En su fundamentación, la Sala cita una reciente sentencia del Supremo y recuerda el reconocimiento legal tanto del derecho de huelga de los deportistas profesionales como de su derecho a manifestar libremente sus opiniones sobre cuestiones relacionadas con su profesión.
Finalmente, la Audiencia Nacional desestima la demanda, absuelve a AFE de todos los pedimentos y deja abierta la posibilidad de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.




















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