Domingo, 15 de Marzo de 2026

Actualizada Domingo, 15 de Marzo de 2026 a las 12:58:10 horas

Polonia reforma la ley del deporte y otorga a los árbitros la condición de funcionario público

IUSPORT / Pável Fernández IUSPORT / Pável Fernández Domingo, 15 de Marzo de 2026
El ministro polaco del deporte, Sławomir Nitras / ShutterstockEl ministro polaco del deporte, Sławomir Nitras / Shutterstock

El Parlamento de Polonia aprobó por unanimidad una reforma de la ley del deporte en la linea propuesta por el CTA de España bajo la presidencia de Fran Soto. 

 

432 diputados votaron a favor de aprobar la modificación de la Ley del Deporte, que incluye, entre otras disposiciones, normas que garantizan a los árbitros deportivos la misma protección jurídica que tienen los funcionarios públicos.

 

La reforma de la ley tiene como objetivo reducir significativamente el número de actos de violencia contra los árbitros deportivos.

 

En los últimos años, los árbitros de Polonia —con mayor frecuencia los de fútbol— se han convertido cada vez más en víctimas de diferentes agresiones: son golpeados, escupidos, chantajeados, difamados e insultados, y reciben amenazas, incluidas amenazas de muerte.


Ocurre que, bajo la presión de estas amenazas y por miedo a que se cumplan, toman decisiones contrarias a las “Reglas de Juego”, contrarias al desarrollo del partido o a otros acontecimientos que tienen lugar antes, durante o después del encuentro.
 

Este es el texto aprobado en la modificación de la Ley del Deporte:
 

Art. 38a. El árbitro deportivo que desempeñe tareas relacionadas con la conducción de competiciones deportivas organizadas por:

  1. una federación deportiva,
  2. una federación deportiva polaca,
  3. una federación deportiva internacional que actúe en el deporte olímpico o paralímpico, u otra reconocida por el Comité Olímpico Internacional, o incluida en el listado mencionado en el art. 11, apartado 2a, o una federación deportiva europea que sea miembro de ella…

“goza de la protección prevista para los funcionarios públicos en las condiciones establecidas en la Ley de 6 de junio de 1997 – Código Penal.”

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.154

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.