Miércoles, 04 de Marzo de 2026

Actualizada Miércoles, 04 de Marzo de 2026 a las 16:30:24 horas

Ratifican la sanción al Leganés de vóley por no jugar en Ourense por la alerta de borrasca

EFE/IUSPORT EFE/IUSPORT Miércoles, 04 de Marzo de 2026
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El Comité de Apelación de la Real Federación Española de Voleibol (Rfevb) ha ratificado la sanción impuesta al UC3M Voleibol Leganés, de la Superliga 2 femenina, de dar por perdido su partido ante el Aceites Abril Voleyourense por 3-0 y descontarle un punto en la clasificación por su incomparecencia al no desplazarse a la ciudad gallega debido a la alerta por la borrasca Ingrid.

Apelación considera que la penalización impuesta por el Comité de Disciplina es "correcta y ajustada a derecho" por lo que desestima el recurso del UC3M Voleibol Leganés, que alegó que no viajó a Ourense ante las advertencias de que no era seguro el viaje por carretera por las malas condiciones meteorológicas.

"El apelante no ha acreditado que el desplazamiento no fuera posible, ni la existencia de otras causas que le impidieran asistir al partido", reza la resolución del órgano disciplinario, a la que ha tenido acceso EFE.

El partido estaba programado el pasado 24 de enero y en la víspera, el club de la localidad madrileña informó a la Rfevb y al club orensano de que no se desplazaría en autocar a causa de la situación meteorológica y de las nevadas que apuntaban los pronósticos en la mitad norte del país.

Según Apelación, "no existió una imposibilidad material de desplazamiento" y que las limitaciones afectaban a vehículos en franjas temporales concretas.

Añade que el Club Voleibol Leganés no agotó "alternativas razonables para hacer su desplazamiento y que "no consta que solicitara formalmente el aplazamiento por los cauces reglamentarios, ni se aportó propuesta concreta de fecha alternativa".

El Aceites Abril Voleyourense reclamó la victoria del partido al entender que no fue suspendido oficialmente, que la instalación donde se iba a jugar estaba disponible y que el equipo visitante no inició el viaje.

El equipo madrileño adjuntó en su recurso los avisos que se emitieron a través de medios de comunicación y redes sociales sobre la conveniencia de evitar desplazamientos por carretera.

La queja llevó al pleno del Ayuntamiento de Leganés a aprobar por unanimidad una moción el 27 de febrero en la que solicitaba a la Rfevb que se reconsidera la sanción.

El equipo madrileño tiene opción de recurrir al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) en el plazo de quince días.

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