
Como saben los lectores de IUSPORT, el Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid ha estimado parcialmente la solicitud de medidas cautelarísimas presentada por el Getafe Club de Fútbol, S.A.D. en su litigio contra la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LaLiga) y la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).
El conflicto surge tras la decisión de los órganos de control económico de La Liga y la RFEF de considerar que el Getafe excedía su límite salarial, impidiéndole inscribir nuevos jugadores en el mercado invernal de la temporada 2025/2026.
El club azulón solicitó la suspensión urgente de los efectos de varias resoluciones y acuerdos que elevaban el coste de su plantilla deportiva y le situaban en un exceso de -17,132 millones de euros, reclamando que se reconociera un saldo disponible de 2,469 millones de euros para poder inscribir jugadores antes del cierre del mercado de invierno, el 2 de febrero de 2026.
El juez ha considerado que existe un peligro claro de que, si no se adoptan medidas cautelares, el Getafe podría ver frustrada la tutela judicial efectiva, ya que el cierre del mercado impediría la inscripción de jugadores aunque posteriormente se estimara la demanda.
Sin embargo, el auto reconoce que la apariencia de buen derecho (fumus boni iuris) es controvertida y que es necesario escuchar a La Liga y la RFEF antes de adoptar una decisión definitiva sobre el fondo del asunto.
Alcance real de la medida cautelar concedida
La medida cautelar concedida no implica que el Getafe pueda inscribir jugadores de inmediato ni que se reconozca automáticamente el saldo solicitado por el club.
Lo que el juez ha ordenado es la suspensión cautelar de los efectos de las resoluciones impugnadas y, sobre todo, que se mantenga abierto el plazo de inscripción de jugadores para el Getafe más allá del cierre ordinario del mercado invernal, hasta que La Liga y la RFEF puedan oponerse formalmente a la medida y el juzgado resuelva sobre dicha oposición, o hasta que transcurra el plazo de veinte días hábiles sin que se presente oposición.
En otras palabras, el Getafe no podrá inscribir jugadores hasta que el juzgado resuelva sobre la oposición de La Liga y la RFEF, pero tampoco se le cerrará la posibilidad de hacerlo por el mero transcurso del plazo del mercado invernal.
La medida es, por tanto, una prórroga cautelar del plazo de inscripción, no una autorización inmediata para inscribir jugadores ni un reconocimiento del saldo solicitado por el club.
El auto exige además al Getafe la prestación de una caución de 20.000 euros antes de ejecutar la medida cautelar.

























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