Viernes, 30 de Enero de 2026

Actualizada Viernes, 30 de Enero de 2026 a las 13:54:55 horas

El TAS volverá a examinar la disputa por el bronce olímpico en Paris 2024 entre Chiles y Barbosu

EP / IUSPORT Viernes, 30 de Enero de 2026
F. Europa PressF. Europa Press

El Tribunal Federal Supremo de Suiza (SFT) devolvió este jueves al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) la disputa sobre los resultados de la final femenina del ejercicio de suelo de la gimnasia en los Juegos Olímpicos de París de 2024 para que examine nuevas pruebas.

 

La rumana Ana Barbosu había quedado tercera en la prueba, pero cayó a la cuarta posición después de que el equipo estadounidense presentara una reclamación poco después de que la gimnasta estadounidense Jordan Chiles terminara su rutina. Esta fue aceptada y su puntuación mejoró lo que la aupó del quinto al tercer puesto.

 

Rumanía presentó una recurso ante el TAS, que dictaminó que debía restablecerse la puntuación original de Chiles, basándose en que la reclamación de Estados Unidos se presentó después del plazo de un minuto y, por lo tanto, debía considerarse inválida. La Federación Estadounidense de Gimnasia (SFT) afirmó posteriormente que había presentado nuevas pruebas en vídeo que demostraban que la primera protesta se comunicó 47 segundos después de la publicación de la puntuación y la segunda, 8 segundos después. Sin embargo, según la federación estadounidense, el TAS no podía admitir pruebas presentadas posteriormente.

 

Y este jueves, el Tribunal Federal Suizo declaró que remitía el caso al TAS sobre la base de una grabación audiovisual descubierta después del laudo del organismo con sede en Lausana (Suiza). El SFT remarcó que "considera que es probable que la grabación audiovisual de la final del 5 de agosto de 2024 dé lugar a una modificación del laudo impugnado a favor de los demandantes (Chiles y USA Gymnastics], ya que el TAS podría considerar, a la luz de esta secuencia audiovisual, que la investigación verbal realizada en nombre de Jordan Chiles se había llevado a cabo antes de que expirara el plazo reglamentario de un minuto".

 

"Por lo tanto, el Tribunal Supremo Federal anula parcialmente el laudo impugnado y devuelve el caso al TAS para que dicte una nueva resolución, teniendo en cuenta el valor probatorio de la grabación audiovisual en cuestión", advirtió

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