F. Europa PressEl presidente de LaLiga, Javier Tebas, defendió este martes que el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) no le da “ninguna seguridad” ni “apariencia de independencia” respecto a la apertura de expediente y al estudio de su caso por presunta revelación de información secreta sobre la venta de los palcos VIP del Spotify Camp Nou.
“Estoy muy tranquilo con el fondo. El TAD es un órgano que elige la comisión directiva del CSD, son siete miembros, tres a propuesta de la Real Federación Española de Fútbol y cuatro del CSD, abogados, fiscales y jueces. Y de esos siete, tres son compañeros de formación del director general de Deportes, los ‘amiguitos’ de juerga”, criticó el mandatario en los Desayunos Deportivos de Europa Press, organizados con la colaboración de la Comunidad de Madrid, Joma, Loterías y Apuestas del Estado, Mondo y la Universidad Camilo José Cela.
Tebas considera que “hay que aparentar independencia” cuando se toman decisiones sobre el presidente de LaLiga o de la RFEF. “No deberían estar tomando estas decisiones, son amigos de juerga. No me da ninguna seguridad, no dan la apariencia de independencia que deberían dar”, expresó.
“Se nos sanciona por ‘incumplir estatutos o reglamentos’ de LaLiga o la RFEF, y quien decide la gravedad son los amigos de juerga del TAD. No sabes por lo que te pueden sancionar. Estoy tranquilo por los hechos, pero no me gusta cómo están las cosas. El presidente del Real Madrid va diciendo en alguna comida que estoy aniquilado…”, concluyó Tebas sobre un caso que el TAD seguirá estudiando durante los primeros meses de este año.
Tebas se refirió al tipo infractor "en blanco" (incumplimiento de estatutos y reglamentos, en general) que se le ha aplicado y que la jurisprudencia ha declarado inconstitucional.
La jurisprudencia española, según el Tribunal Constitucional, no considera inconstitucional la colaboración reglamentaria en la determinación del régimen sancionador, siempre que no se trate de habilitaciones legales en blanco, es decir, sin contenido normativo propio. Esto implica que la ley puede remitir a la Administración la determinación de la gravedad de las infracciones o las sanciones, siempre que se respeten los límites y criterios establecidos por la ley.

























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