Jueves, 08 de Enero de 2026

Actualizada Jueves, 08 de Enero de 2026 a las 12:42:24 horas

La Audiencia condena a la RFEF por grabar una reunión de Rubiales con LaLiga y AFE

IUSPORT IUSPORT Miércoles, 07 de Enero de 2026
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La Audiencia Nacional, en una sentencia reciente a la que ha tenido acceso IUSPORT, ha desestimado el recurso presentado por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y ha confirmado la sanción de 200.000 euros que le impuso la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por vulnerar la normativa de protección de datos durante una reunión online celebrada en abril de 2020, en plena pandemia de COVID-19, entre la RFEF, presidida entonces por Luis Rubiales, LaLiga y AFE.

 

A la reunión asistieron Luis Rubiales, presidente entonces de la Federación, David Aganzo, presidente de AFE  y Carlos del Campo, director adjunto al presidente de LaLiga. 

 

La Agencia declaró en 2022 que la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) grabó "sin consentimiento" expreso de los participantes, entre ellos el presidente de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) y el director adjunto de La Liga, una reunión que celebró el 7 de abril de 2020 con otros entes de carácter deportivo, titulada "Comisión de Seguimiento de la covid-19" y celebrada para tratar la cuestión del impacto de esta emergencia sanitaria en el mundo del fútbol.

 

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Tras la referida reunión y después de que LaLiga y AFE desmintieran algunos contenidos que según la Federación habían sido abordados, la RFEF emitió otro comunicado en el que advertía que tenía la grabación de la reunión y afirmaba que contaba con la autorización de las otras partes; un audio que filtró luego a los medios de comunicación.

 

Literalmente, la RFEF decía esto en su comunicado: "La reunión ha sido grabada con el conocimiento de todos los asistentes y sin oposición por parte de ninguno de ellos. La RFEF se ratifica en el contenido de su anterior comunicado".


Esto indignó tanto a la AFE como a LaLiga, pues estas sostenían que ni fueron avisadas ni mucho menos autorizaron la grabación de la reunión, y  denunciaron a la RFEF. 

 

La sanción

 

La sanción, dividida en dos multas de 100.000 euros cada una, responde a la grabación sin consentimiento de una reunión virtual de la “Comisión de seguimiento COVID-19”, en la que participaron representantes de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LNFP) y otros entes deportivos. 

 

Además, la RFEF difundió extractos de las intervenciones a medios de comunicación sin informar ni recabar el consentimiento de los asistentes, quienes se enteraron de la difusión al escuchar sus intervenciones en la radio.

 

La sentencia destaca que, aunque en una reunión presencial anterior sí se informó de la grabación, en la reunión online del 7 de abril de 2020 no se comunicó a los asistentes que iba a ser grabada, incumpliendo así el deber de información previsto en el artículo 13 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y el artículo 11 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).

 

La Sala considera insuficiente que en la plataforma Zoom apareciera un piloto rojo indicando la grabación, ya que no se facilitó la información básica exigida por la normativa. Respecto a la cesión de la grabación a los medios, la Audiencia Nacional subraya que tanto la voz como la imagen son datos personales y que su tratamiento requiere el consentimiento expreso de los afectados. 

 

El tribunal rechaza que la difusión estuviera amparada por el derecho a la libertad de expresión e información, ya que este derecho encuentra límites en la protección de datos personales.

 

La sentencia también rechaza los argumentos de la RFEF sobre la supuesta falta de legitimación de los denunciantes y la aplicación del principio de proporcionalidad en la sanción, considerando que la gravedad de la infracción justifica la cuantía impuesta. 

 

Finalmente, la Audiencia Nacional impone las costas procesales a la RFEF y recuerda que la sentencia es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.

 

En definitiva, la resolución confirma la actuación de la AEPD y refuerza la protección de los datos personales en el ámbito profesional y asociativo. 

 

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EL AUDIO DE LA REUNIÓN 

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA CARTA DE LA RFEF A AFE (2020)

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA CARTA DE LA AFE A LA RFEF (2020)

 

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