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El juez único no vio una evidente causa de fuerza mayor para aplazar el Ceuta-Las Palmas

IUSPORT Lunes, 15 de Diciembre de 2025

Todos sabemos que "fuerza mayor" es un concepto jurídico indeterminado. Es una expresión legal cuya interpretación y aplicación concreta queda a criterio de la autoridad o juez, ya que la ley no la define de manera precisa, permitiendo así adaptarla a las circunstancias del caso.

 

Pues bien, para el juez único de competiciones profesionales de la RFEF no concurría fuerza mayor en la petición de la UD Las Palmas de aplazar al lunes el partido de Ceuta de este domingo. 

 

El artículo 157.1 del Reglamento de Competiciones establece que no podrá autorizarse la suspensión o aplazamiento de un encuentro salvo concurrencia de causa de fuerza mayor indubitadamente acreditada, causa reglamentaria expresa o disposición de la autoridad competente.

 

Es notorio que las Islas Canarias y parte de la península han sufrido este fin de semana un fenómeno meteorológico adverso, la borrasca Emilia, que ha condicionado de forma significativa la vida y desplazamientos de los ciudadanos, en especial los canarios.

 

El propio Juez de Competiciones Profesionales reconoce en su resolución que la expedición de la UD Las Palmas se encontraba este domingo, el día del partido, "próxima al lugar de disputa del encuentro, tras haber volado este mediodía desde el aeropuerto de Gran Canaria hasta el de Tetuán".

 

Sin embargo, pese a las evidencias, el juez no admitió la solicitud del club canario para el aplazamiento del partido programado para este domingo (21:00 horas) en el estadio Alfonso Murube de Ceuta.

 

El club insular alegó que no afrontaría el partido en las mejores condiciones tras el accidentado desplazamiento, ya que el vuelo “chárter” que había contratado para llegar hasta Tetuán se tuvo que cancelar el sábado a causa del mal tiempo y ha salido con dos horas de retraso este domingo.

 

 

Sin embargo, inexplicablemente, para el juez único "examinados los hechos alegados, debe concluirse que no concurre el concepto reglamentario de fuerza mayor".

 

Y añade el juez que "las incidencias en los desplazamientos forman parte del riesgo organizativo inherente a la competición y no consta acreditada una imposibilidad absoluta e insuperable de que el partido pueda disputarse en el día de hoy, a la hora prevista (21:00 h). La existencia de incidencias en los vuelcos, ya sea en forma de retrasos o dilaciones, no pueden en modo alguno considerarse acontecimientos imprevisibles y/o insuperables, pues resultan incidencias presentes con gran habitualidad en los desplazamientos vía aérea".

 

Se equivocó el juez único. No son incidencias habituales las producidas en Canarias y en parte de la península este fin de semana. Se trata de una borrasca importante que asoló las islas y que provocó daños considerables, además de la suspensión de todas las actividades culturales y deportivas al aire libre el fin de semana.

 

El juez único terminó su resolución denegatoria con una afirmación incompleta que, además, le aboca a la incongruencia: dice que la suspensión "solo será acogida cuando el supuesto de fuerza mayor impide la celebración del encuentro, circunstancia que aquí no acontece".

 

Sin embargo, él mismo reconoce que "la suspensión de encuentros constituye una medida excepcional que debe interpretarse de forma restrictiva, preservando la igualdad, regularidad y normal desarrollo de la competición".

 

Justamente lo contrario de lo que el juez único decidió era lo que preservaba la "igualdad, regularidad y normal desarrollo de la competición".

 

Es obvio que la UD Las Palmas no jugó en igualdad de condiciones debido a los contratiempos y retrasos sufridos con los aviones, a causa de la borrasca.

 

El juez único tampoco veló por el "normal desarrollo de la competición". Ni siquiera los árbitros pudieron desplazarse con normalidad a Ceuta para desarrollar su labor. Tuvieron que viajar también el mismo domingo in extremis.

 

Por último, el juez conocía la conformidad del Ceuta para disputar el partido el lunes.

 

Con todo esto, resulta inexplicable la decisión del juez único de denegar el aplazamiento del partido 24 horas.

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