Viernes, 09 de Enero de 2026

Actualizada Viernes, 09 de Enero de 2026 a las 12:34:00 horas

Flick no podrá sentarse en el banquillo del Clásico tras denegarle el TAD la cautelar

IUSPORT / Pável Fernández IUSPORT / Pável Fernández Viernes, 24 de Octubre de 2025
F. Europa PressF. Europa Press

Finalmente, el alemán Hansi Flick, entrenador del Barcelona, no podrá sentarse este domingo en el banquillo del Santiago Bernabéu en el Clásico ante el Real Madrid (16.15 horas), tras denegarle la cautelar este viernes el TAD en una resolución a la que ha tenido acceso IUSPORT. 

 

Flick fue sancionado con un partido de suspensión por el Comité de Disciplina de la Federación Española de Fútbol (RFEF) tras ser expulsado en el encuentro de la pasada jornada ante el Girona.

 

 

El TAD ratifica el parecer del Comité de Apelación, que había desestimado las alegaciones presentadas por el Barcelona para dejar sin efecto la doble amonestación que vio el técnico germano por protestar y le impone dicha sanción en aplicación del artículo 120 del Código Disciplinario de la RFEF, con las multas accesorias según el 52.


El Barcelona alegó que los hechos no se correspondían con la redacción del acta, pero el Comité consideró que el club catalán no aportó ·elemento probatorio alguno que pueda desvirtuar" que Flick "no cometiera los hechos que se reflejan" en el documento arbitral.


La rueda de prensa de este sábado (12:00) en la previa del Real Madrid - Barça la ofrecerá el segundo entrenador, Marcus Sorg, informó la entidad blaugrana.

 

Los argumentos del TAD para denegar la cautelar 


La decisión del TAD se adoptó este viernes 24 de octubre de 2025, tras la entrada del recurso ese mismo día y la confirmación previa de la sanción por los Comités de Disciplina (22 de octubre) y de Apelación (23 de octubre) de la RFEF. 

 

Qué pedía el Barça y por qué

 

El club solicitó la suspensión cautelar de la sanción de un partido y la multa accesoria de 950 euros, derivadas de la doble amonestación que supuso la expulsión del entrenador en el minuto 90+1 del Barça–Girona. En el acta se consignó que la primera amarilla fue “por aplaudir una de mis decisiones en señal de protesta”. 

 

El Barça alegó urgencia y perjuicio irreparable por la inminencia del Clásico en el Bernabéu, resaltando la trascendencia deportiva del encuentro, la igualdad en la clasificación (24 puntos del Real Madrid por 22 del Barça) y el papel “esencial” del entrenador en la dirección, estrategia y soporte del equipo. 

 

La clave jurídica: no hay periculum in mora

 

El TAD centra su decisión en la ausencia del requisito de periculum in mora (peligro por la demora): no aprecia un daño real, concreto y de difícil o imposible reparación derivado de ejecutar la sanción ahora. 

 

Reconoce la “notable trascendencia” del partido, pero rechaza que la ausencia del entrenador altere la igualdad competitiva o genere por sí misma un perjuicio irreparable. Considera que el argumento del Barça convierte la presencia del técnico en un elemento “insustituible e imprescindible” que, de ser aceptado, impediría sancionar suspensivamente a entrenadores. 

 

El Tribunal subraya que el club no ha concretado daños específicos más allá de la importancia del partido y la relevancia del rol del entrenador, lo que no satisface el estándar probatorio exigido.

 

Tampoco hay fumus boni iuris suficiente

 

Como criterio complementario, el TAD analiza si existe apariencia de buen derecho. El Barça defendió que las imágenes evidencian que Flick no protestó al árbitro y que el aplauso fue una arenga a sus jugadores, no una protesta. 

 

El Tribunal recuerda que la pieza cautelar no es el cauce para decidir el fondo y que no aprecia “error material manifiesto” en el acta arbitral que desvirtúe los hechos reflejados por el colegiado. Concluye que no concurre una fuerte presunción de ilegalidad que permita acordar la suspensión solo por fumus. 

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