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El Gobierno recurre al Constitucional la ley catalana de profesiones del deporte

EFE/Iusport EFE/Iusport Viernes, 19 de Febrero de 2016

[Img #18481]El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la presentación de un recurso al Tribunal Constitucional contra determinados artículos de la reforma de la ley catalana de ejercicio de profesiones del deporte y ha pedido la suspensión de su aplicación.


La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo que la interposición del recurso cuenta con el aval del Consejo de Estado, que ha dictaminado que esta reforma -aprobada por el Parlament el pasado 29 de abril y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 14 de mayo de 2015- vulnera la Ley de Unidad de Mercado.

La ley catalana prevé la celebración de convenios y acuerdos de equiparación de profesionales con otros registros profesionales de Estados de la UE, lo que supone un "exceso competencial", ya que Cataluña "carece de competencias para celebrar por sí misma convenios o acuerdos internacionales", ha dicho Sáenz de Santamaría.

La ley recurrida regula cuatro tipos de profesiones del deporte: profesores de educación física, monitores deportivos, entrenadores y directores deportivos, que deberán acreditar su formación en este ámbito a través de los certificados enunciados en la reforma.

El texto aprobado por el Parlament establece una "equiparación" de los convenios y acuerdos catalanes a los del "marco europeo de calificaciones", así como la inscripción de los "profesionales con formación y experiencia contrastada" en un "registro de profesionales".

La vicepresidenta del Gobierno ha hecho hincapié en que el Consejo de Estado ha avalado que existen fundamentos jurídicos suficientes para la interposición de este recurso al TC, con la invocación expresa del artículo 161.2 de la Constitución que produce la suspensión de la norma.

Ha explicado que se han producido "dudas similares" en la normativa que aprobaron las comunidades de La Rioja y Extremadura pero que, "a diferencia del caso de Cataluña", se han celebrado acuerdos con estas autonomías "que han permitido evitar el recurso de inconstitucionalidad al avenirse a las tesis defendidas por el Estado en respeto de sus competencias".

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