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Diego Fierro Rodríguez

Sobre la oposición del Abogado General del TJUE a divulgar las sanciones por dopaje

Diego Fierro Rodríguez Lunes, 06 de Octubre de 2025

Se ha podido conocer un conflicto que ilustra las tensiones inherentes entre la disuasión de conductas ilícitas y el respeto a la esfera íntima de los individuos, particularmente cuando se trata de deportistas profesionales sancionados por infracciones relacionadas con sustancias prohibidas.

 

El caso examinado por el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Dean Spielmann, remite a una tradición jurídica que se remonta a las primeras regulaciones internacionales contra el dopaje, impulsadas por organismos como el Comité Olímpico Internacional en la segunda mitad del siglo veinte, y que han evolucionado hacia un marco normativo cada vez más estricto, influido por directivas europeas que buscan equilibrar la integridad deportiva con los derechos fundamentales reconocidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

 

Lo anterior me sugiere que, en este contexto, la legislación austriaca, al imponer la publicación en sitios web oficiales de los nombres de los deportistas sancionados, junto con los periodos de suspensión y los motivos de la exclusión, representa una manifestación contemporánea de un enfoque punitivo que, aunque pretendidamente preventivo, choca con los principios de proporcionalidad y minimización de datos establecidos en el ordenamiento jurídico europeo.

 

Este enfoque punitivo, que encuentra sus raíces en las convenciones internacionales contra el dopaje firmadas en el marco de la Organización Mundial Antidopaje, ha sido adaptado por los Estados miembros de la Unión Europea de maneras diversas, pero siempre bajo el escrutinio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que actúa como guardián de la uniformidad en la aplicación del derecho derivado.

 

En el supuesto concreto, cuatro futbolistas austriacos impugnaron la difusión de sus datos personales por parte de la Agencia Nacional Antidopaje de Austria y la Comisión Jurídica Antidopaje Austriaca, argumentando una vulneración del Reglamento General de Protección de Datos, lo que llevó al Tribunal Federal de lo Contencioso-Administrativo de Austria a plantear una cuestión prejudicial ante el alto tribunal europeo, un mecanismo procesal que permite resolver dudas interpretativas sobre el derecho de la Unión y que ha sido instrumental en la configuración de jurisprudencia sobre privacidad en contextos sensibles como el deportivo.

 

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Diego Fierro Rodríguez

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