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Actualizada Viernes, 09 de Enero de 2026 a las 12:34:00 horas

José Antonio Abanto Valdivieso

Plan y política nacional deportiva: el Perú en su laberinto

José Antonio Abanto Valdivieso Jueves, 18 de Septiembre de 2025
F: Federación Peruana de FútbolF: Federación Peruana de Fútbol

El Estado peruano, a través del Poder Ejecutivo, tiene a su cargo diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales. Según lo previsto en el artículo 4 de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, “Las políticas nacionales definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas. Las políticas nacionales conforman la política general de gobierno”. En lo que se refiere al deporte, el artículo 79 de la Ley 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general.

 

Vale decir, el Poder Ejecutivo ejerce sus atribuciones, como bien lo refiere el jurista peruano César Landa Arroyo[1], no solo a través de actos gubernamentales o actos normativos, sino también mediante actos de administración, a través de la implementación de la política general de gobierno, tanto de manera general, así como en los diversos sectores, con la finalidad de administrar adecuadamente los recursos y satisfacer los servicios públicos a su cargo (salud, educación, deporte, sanidad, entre otros).

 

En lo que se refiere especialmente al deporte, la Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del  Deporte, se refiere a dos instrumentos: la política del deporte en general, por ejemplo, en el numeral 7 del artículo 13, cuando establece como función de la presidencia del IPD la de proponer al consejo directivo la política del deporte en general y el plan nacional del deporte; o, por ejemplo, en el artículo 45,  numeral 1, que establece como función de las federaciones deportivas nacionales, dirigir, orientar, coordinar, controlar, desarrollar, promover, supervisar y evaluar su respectiva disciplina deportiva en el marco de la política del deporte en general y del plan nacional del deporte.

 

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José Antonio Abanto Valdivieso

Máster en Intervención de la Administración en la Sociedad

UNED

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